02 de septiembre 2024
De acuerdo con el apartado 1 del artículo 21 del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de Evaluación y Gestión de Riesgos de Inundación, la Evaluación Preliminar de Riesgo de Inundaciones (EPRI) se actualizará a más tardar el 22 de diciembre de 2018, y a continuación cada seis años.
A tales efectos, se expone en esta página WEB y en las oficinas de la Comisaría de Aguas (Comisaría Adjunta – Calle Progreso, nº 6 – 32003 – Ourense) en horario de atención al público, la documentación de la "Revisión y Actualización de la EPRI-3º Ciclo" de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil.
Se podrá consultar por una plazo de 3 meses, tras su publicación en el BOE y, dentro de ese plazo, los interesados podrán formular las observaciones y sugerencias que consideren oportunas ante la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. (Dirección: Rúa do Progreso, 6. C.P: 32.005. Ourense), o por cualquier otro medio previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, teniendo en cuenta respecto a la forma de presentación las obligaciones derivadas del artículo 14 de dicha norma.
EPRI - 3º ciclo (consulta pública)
(Revisión y Actualización de la Evaluación Preliminar de Riesgos de Inundación).
ENLACE A DOCUMENTACIÓN DEL CICLO ANTERIOR:
DUDAS Y COMENTARIOS
Con el objetivo de enriquecer y mejorar esta documentación que pretenden reducir las consecuencias negativas de las inundaciones sobre la población, las actividades económicas, el medio ambiente y el patrimonio cultural en base a lo dispuesto en la Directiva 2007/60/CE y el Real Decreto 903/2010, se habilita la siguiente dirección electrónica:
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y sus Organismos de cuenca realizan el conjunto de estudios de inundabilidad para la delimitación de las zonas inundables, los cauces públicos y las zonas de servidumbre y policía, incluyendo las zonas de flujo preferente, que configuran el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, y aplicando la Guía Metodológica para el desarrollo del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, 2011):
https://www.miteco.gob.es/es/agua/publicaciones/guia_metodologica_ZI.aspx
La Directiva 2007/60/CE, de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación, y su transposición al ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 903/2010, de 9 de Julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, tienen por objeto establecer un marco para la evaluación y gestión de los riesgos de inundación, destinado a reducir las consecuencias negativas para la salud humana, el medio ambiente, el patrimonio cultural y la actividad económica, asociadas a las inundaciones. Para ello se define un proceso en el que primeramente se realiza una Evaluación Preliminar de Riesgo de Inundación (EPRI) en la que se identifican las Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI), posteriormente se elaboran los Mapas de Peligrosidad y Riesgo de Inundación (MAPRI) para cada una de las ARPSI; y, finalmente, se elabora el propio Plan de Gestión del Riesgo de Inundación (PGRI). La cartografía de zonas inundables incluida en el SNCZI se aprueba dentro de este proceso de planificación y gestión del riesgo de inundación.
Respecto a los MAPRI publicados actualmente en el SNCZI correspondientes a la Demarcación Hidrográfica Miño-Sil, estos fueron informados favorablemente por el Comité de Autoridades Competentes de la Demarcación el reunión celebrada el 25 de junio de 2020, siendo posteriormente remitidos, conforme al apartado 2 del artículo 10 del Real Decreto 903/2010, al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en julio de 2020, integrándose estos mapas en la cartografía del SNCZI e inscritos en el Registro Central de Cartografía de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional.
A raíz de diferentes solicitudes recibidas en este Organismo de cuenca, referentes a la revisión de las delimitaciones de Dominio Público Hidráulico cartográfico y Zonas de Flujo Preferente definidas en los estudios de Zonas Inundables publicados en el SNCZI, tras analizar estas peticiones, y disponiendo en la actualidad de nuevos datos e informaciones históricas y cartográficas no consideradas en las delimitaciones actuales, se ha considerado oportuno proceder a su revisión para algunos tramos ARPSI. Este trabajo de revisión se realizará en diferentes fases, correspondiendo la Fase II a los tramos ARPSI siguientes:
Las nuevas delimitaciones propuestas para el DPH cartográfico y la ZFP en esta revisión (Fase II) pueden ser consultadas en el visor siguiente:
https://siams2.chminosil.es/snczi/
Igualmente, pueden descargarse las capas (SHP) de estas propuestas de DPH cartográfico y ZFP en el siguiente enlace:
Desde esta Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. queremos fomentar la colaboración institucional y la participación de todas las Administraciones Públicas en la elaboración y perfeccionamiento de esta cartografía. Por ello, se le informa que dentro del plazo de 1 mes se podrán realizar las aportaciones y cuantas observaciones y sugerencias se estimen convenientes, dirigiendo estas a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, teniendo en cuenta respecto a la forma de presentación las obligaciones derivadas del artículo 14 de dicha norma.
Periodo de Información Pública: Del 8 de agosto de 2023 al 8 de septiembre de 2023.
Al mismo tiempo se ha habilitado la cuenta de correo electrónico (mapas_zonas_inundables@chminosil.es) para la realización de consultas o sugerencias, si bien las mismas no podrán ser consideradas como presentadas por registro electrónico oficial, de acuerdo con el artículo 27.3 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
A Canle Interna de Información é o medio preferente para informar sobre accións ou omisións que poidan constituir infraccións do Dereito da Unión Europea, ou que poidan ser constitutivas de infracción penal ou administrativa grave ou moi grave, que se produciron ou que poidan producirse no ámbito da Confederación Hidrográfica do Miño-Sil.
O sistema está deseñado, establecido e xestionado dunha forma segura, e permite a presentación de comunicacións anónimas. En todo caso, garántese a confidencialidade da identidade do informante e de cualquera terceiro mencionado na comunicación, e das actuacións que se desenvolvan na xestión e tramitación da mesma, así como a protección de datos, impedindo o acceso de persoal non autorizado.
A Canle Interna de Información non é o xeito adecuado para presentar denuncias relativas a posibles infraccións da Lei de Augas. Sobre este tipo de denuncias pode obter información no seguinte apartado:
https://www.chminosil.es/gl/chms/informacion-de-interes/informacion-al-ciudadano/impresos/denuncias
Quero facer o seguimento dunha denuncia
OUTRAS FORMAS DE PRESENTACIÓN
• Mediante correo electrónico, dirixido a: canal.interno.informacion@chminosil.es
• Por correo postal, dirixido a:
Responsable do Sistema Interno de información
C/ Curros Enríquez 4 2º
32003 Ourense
• Solicitando unha reunión presencial a través de calquera dos medios anteriores. Esta reunión terá lugar dentro do prazo máximo de sete días.
TRATAMENTO DE DATOS PERSONAIS E DEBER DE CONFIDENCIALIDADE
As actuacións da Confederación Hidrográfica do Miño-Sil levaranse a cabo de xeito confidencial, ao amparo do establecido no título VI da Lei 2/2023, garantindo en todo caso a confidencialidade da identidade do informante.
Pode consultar a información completa sobre protección de datos na nosa páxina web: https://www.chminosil.es/es/component/content/article/80-chms/1767-proteccion-de-datos-de-caracter-personal
CONTIDO DA INFORMACIÓN SUMINISTRADA
Para facilitar a investigación, así como a identificación das persoas presuntamente responsables, é conveniente que a denuncia ou comunicación achegue a máxima información da que dispoña a persoa informante ou indique a fonte na que poida obterse.
En particular, o contido da denuncia debería incluir:
• Unha narración clara e cronolóxica dos feitos e circunstancias que motivan a denuncia.
• A identificación da persoa ou persoas presuntamente responsables dos feitos denunciados ou que haxan presuntamente participado ou colaborado dalguna maneira na súa comisión.
• Calquera outra información que se considere que poida ser útil para o coñecemento dos feitos denunciados e os posibles responsables.
TRAMITACIÓN
As comunicacións ou denuncias presentadas ante a Confederación Hidrográfica do Miño-Sil tramitaranse, con apertura do correspondente expediente, no que se determine a competencia do organismo e, en caso de estimarse competente, investíguense os feitos.
A presentación dunha denuncia ou comunicación non implica en todo caso o inicio de actuacións de investigación; poderá ser inadmitida por falta de competencia da Confederación Hidrográfica do Miño-Sil; archivada; remitida ao Ministerio Fiscal, no caso de que os feitos denunciados sexan presuntamente delituosos; ou, polo tanto, determinar a apertura de actuacións de investigación por parte do Organismo.
No apartado DOCUMENTACIÓN DE INTERESE pode acceder á regulación detallada do procedemento.
RESPONSABLE DO SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN
O responsable do Sistema Interno de Información na Confederación Hidrográfica do Miño-Sil é o xefe de Área da Secretaría Xeral.
DOCUMENTACIÓN DE INTERESE
De acuerdo con lo establecido en Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por la que se debe impulsar el empleo y la aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos para el desarrollo de la actividad y el ejercicio de las competencias de las Administraciones Públicas, la Confederación Hidrográfica del Miño - Sil pone a disposición de los ciudadanos el apartado Comunicaciones Públicas, en el que se podrán consultar las informaciones referidas a los trámites de información y exposición pública que se publican en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en los boletines oficiales de las provincias.
De acordo co Anuncio da Dirección General del Agua, do 27 de marzo de 2023, (BOE do 30 de marzo de 2023) iníciase o período de audiencia e información pública durante tres meses (conforme ao artigo 83.quater do Regulamento da Planificación Hidrolóxica) ata o 30 de xuño de 2023, da Proposta de proxecto de revisión do Plan Especial de Seca da parte española da Demarcación Hidrográfica do Miño-Sil e do documento ambiental estratéxico referente ao proceso de avaliación ambiental estratéxica asociado ao mísmo (artigo 29 da Lei 21/2013, do 9 de decembro, de avaliación ambiental).
Dentro dese prazo, poderanse realizar as aportacións e formular cantas observacións e suxestións se estimen convenientes dirixidas á Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A.
Os documentos que conforman o proxecto do novo plan especial de seca e o seu documento ambiental estratéxico (DAE, artigo 29 da Lei 21/2013), pódense consultar nos seguintes enlaces:
MEMORIA PLAN ESPECIAL DE SECA DA PARTE ESPAÑOLA DA DH MIÑO-SIL
ANEXOS Á MEMORIA
ANEXO II. LISTAXE DE UNIDADES DE DEMANDA.
ANEXO III. LISTAXE DE UNIDADES DE DEMANDA. MODELOS DE AQUATOOL.
ANEXO IV. ANÁLISE DE SECAS HISTÓRICAS. PERÍODO 1940-2018. FICHAS ANÁLISE SPI.
ANEXO V. ANÁLISE DE SECAS HISTÓRICAS. PERÍODO 2019-2023.
ANEXO VI. FICHAS SOBRE A AVALIACIÓN DOS IMPACTOS SOCIOECONÓMICOS DA ESCASEZA CONXUNTURAL.
ANEXO IX. RECORTES DE PRENSA DO EPISODIO DE SECA DO ANO 2022
PLAN HIDROLÓXICO 2022-2027 (VIXENTE, REAL DECRETO 35/2023, DO 24 DE XANEIRO, BOE 10 DE FEBREIRO DE 2023)
O plan hidrolóxico da parte española da Demarcación Hidrográfica do Miño-Sil actualmente en vigor foi aprobado mediante o Real Decreto 35/2023, do 24 de xaneiro (BOE 10 de febreiro), polo que se aproba a revisión dos plans hidrolóxicos das demarcacións hidrográficas do Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura e Júcar, e da parte española das demarcacións hidrográficas do Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana e Ebro, en cumprimento do artigo 83 do Regulamento da Planificación Hidrolóxica, aprobado polo Real Decreto 907/2007, do 6 de xullo.
O presente plan hidrolóxico sigue a estrutura formal recollida no artigo 81 do Regulamento da Planificación Hidrolóxica e está composto pola memoria, cos seus anexos correspondentes, e a parte normativa, e acompañase do Estudo Ambiental Estratéxico e toda a documentación asociada relativa ao proceso de avaliación ambiental estratéxica levado a cabo conforme á Lei 21/2013, do 9 de decembro, de avaliación ambiental. Da mesma forma, inclúese o informe do Consello da Auga da Demarcación e a Conformidade do Comité de Autoridades Competentes (CAC)
A continuación, pódese consultar toda a documentación nos seguintes enlaces:
(Para a descarga de ficheiros de gran tamaño -varios MB- nos equipos Windows recoméndase pinchar co botón dereito do rato e seleccionar "Guardar enlace como" para gardar o ficheiro correspondente no equipo e abrilo unha vez finalizada a descarga).:
APÉNDICE CAMBIOS REALIZADOS SOBRE A VERSIÓN PRECEDENTE
DOCUMENTO DE SÍNTESE:
MEMORIA e ANEXOS:
ANEXOS:
NORMATIVA:
INFORME DE PROPOSTAS, OBSERVACIÓNS E SUXERENCIAS RECIBIDAS
INFORME CONSELLO DA AUGA DA DEMARCACIÓN (CAD) ARTÍGO 80.4 REGULAMENTO DA PLANIFICACIÓN HIDROLÓXICA (RPH):
CONFORMIDADE DO COMITÉ DE AUTORIDADES COMPETENTES ARTÍGO 80.4 DO RPH:
AVALIACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉXICA:
ESTUDO AMBIENTAL ESTRATÉXICO e RESUMO NON TÉCNICO DO ESTUDO AMBIENTAL ESTRATÉXICO
DECLARACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉXICA
PLAN DE XESTIÓN DOS RISCOS DE INUNDACIÓN 2º CICLO:
En cumplimiento del artículo 87, “Seguimiento de los planes hidrológicos”, del Reglamento de la Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio , en el que se señala en su apartado 4º) “…Dichos organismos, en el caso de demarcaciones hidrográficas con cuencas intercomunitarias, informarán con periodicidad no superior al año al Consejo del Agua de la demarcación y al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico sobre el desarrollo de los planes”, se puede consultar en los siguientes enlaces el informe de desarrollo y seguimiento, correspondiente al año 2021, que fue presentado en la sesión del Consejo del Agua de la Demarcación (CAD), el 22 de noviembre de 2022 y remitido al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico el 6 de febrero de 2023.
6.1) SEXTO INFORME DE DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DEL PLAN HIDROLÓGICO MIÑO-SIL. AÑO 2021.
6.2) ANEXOS SEXTO INFORME DE DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DEL PLAN HIDROLÓGICO MIÑO-SIL. AÑO 2021.
En cumplimiento del artículo 87, “Seguimiento de los planes hidrológicos”, del Reglamento de la Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio , en el que se señala en su apartado 4º) “…Dichos organismos, en el caso de demarcaciones hidrográficas con cuencas intercomunitarias, informarán con periodicidad no superior al año al Consejo del Agua de la demarcación y al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico sobre el desarrollo de los planes”, se puede consultar en los siguientes enlaces, el informe de desarrollo y seguimiento, correspondiente al año 2022, que fue presentado en la sesión del Consejo del Agua de la Demarcación (CAD) celebrada el 28 de febrero de 2024 y remitido al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico el 24 de junio de 2024.
7.1) INFORME DE DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DEL PLAN HIDROLÓGICO MIÑO-SIL. AÑO 2022.
7.2) ANEXOS AL SÉPTIMO INFORME DE DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DEL PLAN HIDROLÓGICO MIÑO-SIL. AÑO 2022.
La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil dispone, en la ciudad de Ourense, de un laboratorio de análisis de aguas dependiente de la Comisaría de Aguas del Organismo. El laboratorio inició su andadura en 1990 formando parte de la extinta Confederación Hidrográfica del Norte. En 2008 y con la aprobación del Real Decreto 266/2008, por el que se modificaba la Confederación Hidrográfica de Norte y se dividía en Confederación Hidrográfica del Miño- Sil y Confederación Hidrográfica del Cantábrico, pasa a integrarse en la estructura y organización de la CHMS.
PRESIDENCIA
↓
SG COMISARÍA DE AGUAS DT PH
↓
ÁREA DE GESTIÓN AMBIENTAL, CALIDAD DEL AGUA Y VERTIDOS
↓
SERVICIO DE CONTROL DE CALIDAD Y ANÁLISIS DE AGUAS
↓
LABORATORIO
El trabajo que se lleva a cabo en sus instalaciones se resume en el análisis de aguas continentales, tanto superficiales - ríos, embalses y lagos-, como subterráneas, dentro del ámbito territorial de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil.
Desde el año 2002 el LCHMS (Laboratorio de la Confederación Hidrográfica Miño-sil) se encuentra acreditado por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) conforme a los requisitos de la norma UNE-EN-ISO/IEC 17025, por tanto, se dispone de un laboratorio que ha demostrado amplia experiencia en el desarrollo y aplicación de sus métodos analíticos, aportando resultados con garantía de calidad y técnica. Para asegurar su sistema de calidad, así como la fiabilidad y confianza en sus datos, el laboratorio renueva e incrementa sus acreditaciones de forma periódica mediante auditorias de ENAC.
En el Laboratorio CHMS se analizan muestras procedentes de la vigilancia y el control de vertidos que se producen en su ámbito territorial, así como las relativas a puntos que integran las redes de control, diseñadas en cumplimiento del espacio normativo que establece la Directiva 2000/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas y del derivado en su transposición a la normativa estatal.
Las redes de calidad comprenden:
Adicionalmente a las redes de control de calidad se asumen campañas de estudio como las de seguimiento de cianobacterias en los embalses, cuya frecuencia se intensifica en época estival, lagunas en primavera y otros eventos que se producen de forma no prevista, pero que es necesario su estudio para comprobar su incidencia en la calidad de las aguas.
Como resultado de las actividades realizadas en el año 2021, hay que indicar que se procesaron 2.537 muestras, de las cuales 1.071 se corresponden con las redes de control de superficiales, 145 de la red de subterráneas, 726 muestras procedentes de estudios y 595 de muestras de vertidos. En cuanto al número de parámetros analizados éste ascienden a un total de 51.970, repartidos de modo: 29.459 determinaciones se cuantifican dentro del global de muestras de las redes de superficies, 2.859 se corresponden con las muestras subterráneas, 12.526 parámetros de estudios y 7.126 análisis de campañas de inspección de vertidos.
La organización del laboratorio se estructura en tres áreas:
En total se han recibido 71 escritos (62 dentro de plazo y 9 fuera de plazo), con un total de 972 observaciones, que aunque suponen 8 escritos menos que los formulados en el ciclo pasado (79) se traducen en 597 observaciones más (un 259,2% superior al anterior período de planificación, en el que fueron 375).
Estas propuestas, observaciones y sugerencias, han sido realizadas desde 65 entidades diferentes: asociaciones en defensa de los intereses ambientales, administraciones públicas, asociaciones agrarias, entidades mineras, entidades del sector energético, colegios profesionales, y particulares.
En el siguiente enlace se pueden consultar el informe que de acuerdo con el artículo 80.4 del Reglamento de la Planificación Hidrológica ha redactado la CHMS, acerca de las propuestas, observaciones y sugerencias formuladas:
INFORME SOBRE PROPUESTAS, OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS ARTÍCULO 80.4 RPH
En este otro, se pueden descargar todos (71) los escritos recibidos y las respuestas enviadas a cada interesado:
PROPUESTAS, OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS RECIBIDAS Y RESPUESTAS ENVIADAS 2022-2027