Ourense, 28 de Mayo de 2019
De acuerdo con el apartado 1 del artículo 21 del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, la Evaluación Preliminar de Riesgo de Inundaciones (EPRI) se actualizará a más tardar el 22 de diciembre de 2018, y a continuación cada seis años.
A tales efectos, la documentación de la “Revisión y Actualización de la EPRI-2º Ciclo” de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil se sometió a consulta pública en esta página WEB y en las oficinas de la Comisaría de Aguas (Comisaría Adjunta – Calle Progreso, nº 6 – 32003 – Ourense) por un plazo de 3 meses, tras su publicación en el BOE nº 226 de 18/09/2018.
De acuerdo con el apartado 4 del artículo 7 del citado Real Decreto 903/2010, tras finalizar el periodo de consulta pública de la EPRI de 2º ciclo (18 de diciembre de 2018) y una vez analizadas e informadas las alegaciones, el documento final de la revisión y actualización de la Evaluación Preliminar de Riesgo de Inundaciones (EPRI) se sometió a informe del Comité de Autoridades Competentes de la Demarcación, regulado en el R.D. 126/2007, de 2 de Febrero, en reunión de fecha 21 de febrero de 2019, informando el mismo favorablemente.
Finalmente, de conformidad con el artículo 7.5 del citado Real Decreto 903/2010, una vez informada favorablemente el 8 de abril de 2019 por el Consejo Nacional de Protección Civil y cumplidos los trámites establecidos en la normativa, por resolución de fecha 12 de abril de 2019 ( B.O.E. nº 126 de 27/05/2019 ) el Ministerio para la Transición Ecológica acordó aprobar la revisión y actualización de la Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (EPRI) de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil.
Se expone en esta página WEB, el documento final de la "Revisión y Actualización de la EPRI-2º Ciclo" de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil”, aprobado por el Ministerio para la Transición Ecológica.
EPRI - 2º ciclo
(Revisión y Actualización de la Evaluación Preliminar de Riesgos de Inundación).
ENLACE FASES PREVIAS
DUDAS Y COMENTARIOS
Con el objetivo de enriquecer y mejorar esta documentación que pretenden reducir las consecuencias negativas de las inundaciones sobre la población, las actividades económicas, el medio ambiente y el patrimonio cultural en base a lo dispuesto en la Directiva 2007/60/CE y el Real Decreto 903/2010, se habilita la siguiente dirección electrónica: