CHMS

Funciones

Las confederaciones hidrográficas están concebidas por la Ley de Aguas, en su artículo 19 y siguientes, como los Organismos responsables, fundamentalmente, de la Administración Hidráulica de las cuencas intercomunitarias.

 

El artículo 21 de la Ley de Aguas establece como funciones de los Organismos de cuenca:

  • FuncionesLa elaboración del Plan Hidrológico de cuenca, así como su seguimiento y revisión.
  • La administración y control del Dominio Público Hidráulico.
  • La administración y control de los aprovechamientos de interés general o que afecten a más de una Comunidad Autónoma.
  • El proyecto, la construcción y explotación de las obras realizadas con cargo a los fondos propios del Organismo y las que les sean encomendadas por el Estado.
  • Las que se deriven de los convenios con comunidades autónomas, corporaciones locales y otras entidades públicas o privadas, o de los suscritos con los particulares.

Con la aprobación del Real Decreto 266/2008, y al modificarse la Confederación Hidrográfica del Norte quedando dividida en Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y Confederación Hidrográfica del Cantábrico, las funciones de cada una quedan recogidas en su artículo 1 del siguiente modo:

  • La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil ejercerá las funciones atribuidas a la Confederación Hidrográfica del Norte en el ámbito territorial de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil, a la que se refiere el artículo 3.1 del Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito de las demarcaciones hidrográficas.
  • La Confederación Hidrográfica del Cantábrico ejercerá las funciones atribuidas a la Confederación Hidrográfica del Norte en el ámbito territorial de su demarcación hidrográfica , a la que se refiere el artículo 3.1 del Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero por el que se fija el ámbito de las demarcaciones hidrográficas.

 

Saludo del Presidente

Me gustaría darte la bienvenida al portal web de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, un espacio dinámico en el que podrás encontrar información acerca de este Organismo de cuenca, cuál es nuestro cometido y en qué acciones y proyectos estamos trabajando.

Te invito, por tanto, a qué consultes esta web a través de la que, de forma sencilla e intuitiva, podrás resolver tus dudas y preguntas; si bien, para cualquier aclaración adicional, no dudes en contactar con nosotros vía e-mail – contacto@chminosil.es – o en cualquiera de los teléfonos que aparecen en el portal-https://www.chminosil.es/es/chms/informacion-de-interes/contactar/directorio

También, a través de esta ventana abierta al exterior quiero transmitirte que, desde mi nombramiento como presidente, la seña de identidad en la gestión de la CHMS me he propuesto que sea la transparencia y la empatía con el ciudadano, sobre todo porque creo en el Servicio Público y porque estoy seguro de que sólo bajo estas premisas conseguiremos los objetivos marcados por el Ministerio para la Transición Ecológica del cual dependemos.

Por último quiero compartir una reflexión sobre el AGUA como recurso imprescindible para la vida, que a nosotros nos ocupa como Organismo de cuenca, responsables de su calidad y cantidad, y que también nos preocupa como ciudadanos:
“Si usamos el AGUA con responsabilidad estaremos respetando el medio ambiente y caminaremos hacia un futuro más sostenible. Desde la CHMS solicitamos tu colaboración a través de este portal web y, por nuestra parte, nos comprometemos a fomentar en los más pequeños el respeto y cuidado por nuestros cauces fluviales a través del diseño de programas adaptados a las distintas etapas de aprendizaje, porque ellos son el futuro y porque serán los perceptores finales de una herencia medioambiental mejor…”

Muchas gracias por tu interés.

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José Antonio Quiroga Díaz

Avenidas y Sequías

Aunque en la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil la precipitación media casi duplica a la de España, la ausencia de regulación en algunos de los principales sistemas de abastecimiento de población plantea problemas de escasez ante las cíclicas situaciones de sequía con perjuicio, en estas situaciones, del régimen de caudales medioambientales. Estos sucesos extremos se concretan en avenidas y sequías.

Avenidas

Una avenida es una crecida temporal y excepcional en el caudal de un río, que puede deberse a causas tanto naturales como artificiales. Aquí se hace referencia a las naturales que deben fundamentalmente a excesos de lluvia coincidentes o no con deshielos, provocando una escorrentía puntual en la cuenca receptora.

En la mayoría de los casos analizados en la cuenca del Miño, los datos existentes no proporcionan un conocimiento cuantitativo ni de los caudales ni de los volúmenes asociados a las inundaciones. Además, la situación del entorno geográfico ha variado con el tiempo, por lo que no es posible deducir conclusiones estadísticas realmente válidas.

De cualquier modo, el estudio de cada inundación ha permitido formar una idea clara sobre la problemática de las cuencas de este ámbito y alcanzar las siguientes conclusiones:

Avenidas y sequías

  • La ausencia de comunicaciones adecuadas y de los sistemas de telecomunicaciones de que hoy se dispone impidieron en el pasado prevenir al máximo este tipo de sucesos; esta situación propició la creencia de que las inundaciones se producen inesperadamente en los valles y sin tener ninguna relación con lo que ocurre aguas arriba.
  • Las referencias históricas disponibles proporcionan información principalmente sobre las inundaciones ocurridas en los tramos inferiores y medios de los ríos. Como ejemplo, destaca el Sil en su confluencia con el Casoio o Riodolas, donde se han identificado hasta nueve inundaciones.
  • Otra de las causas que han fomentado el desarrollo de inundaciones es la obstrucción que provocan los puentes al paso del agua; el efecto de presa que producen cuando esto ocurre, aumenta considerablemente el nivel de aguas arriba del puente, mientras que su desbloqueo repentino ha producido ondas aguas abajo de gran poder destructivo.
  • Los movimientos tectónicos y las oscilaciones del nivel del mar, provocadas por la última glaciación, han elevado notablemente el nivel de base de los ríos cantábricos provocando la formación de rías y estuarios, así como una disminución de la pendiente y longitud de sus cauces de desagüe, con la consiguiente disminución de la capacidad de evacuación. Esto mismo provoca que los efectos de las mareas sean de capital importancia, influyendo en grandes tramos aguas arriba de la desembocadura.

Sequías

Para avanzar en la definición y caracterización de las sequías, el Ministerio de Medio Ambiente trabaja en el estudio y cálculo de un sistema de indicadores con los que se pretende evaluar el estado hidrológico de las distintas cuencas españolas. Para cada cuenca, se han habilitado unos puntos que registran evoluciones temporales de variables de interés: precipitaciones, caudales, reservas en embalses, niveles en acuíferos y almacenamiento de nieve.

En la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil se utilizan 6 pluviómetros, 9 estaciones de aforo de caudal en ríos y entradas a embalses y 5 volúmenes almacenados en embalses.

Cabe señalar que el mes más seco es julio, siguiéndole como más escasos julio y agosto. La relación entre las precipitaciones caídas en el mes más abundante y el mes más seco puede ser indicador de la regularidad del régimen pluviométrico; esta relación se eleva hasta 7 en la cuenca del Miño-Sil y hasta 10 en la del Limia.
El siguiente paso para profundizar en el conocimiento, valoración y paliación de las sequías son los Planes especiales de actuación en situaciones de alerta y eventual sequía (PES). Estos Planes se redactan bajo la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, que establece en su artículo 27 sobre gestión de sequía la obligación de elaborar Planes Especiales de actuación en situaciones de alerta y eventual sequía. Dicho Plan se refiere a la Demarcación Norte como "Norte II, III".

El "Plan Especial ante situaciones de alerta y eventual sequía" (P.E.S.) para la CHN, se aprobó mediante la Orden MAM/698/2007, de 21 de marzo, publicada en el BOE el 23 de marzo de 2007.

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