La Planificación Hidrológica se concibe como el instrumento fundamental para la gestión de los recursos hídricos a través de la cual se ha de establcer un vínculo entre la situación actual, muchas veces indeseable, y un futuro ordenado y lógico donde exista un aprovechamiento racional de los recursos hídricos, tratando de garantizar las necesidades propias de los ecosistemas fluviales.
Existen dos tipos de Planificación Hidrológica que deben ser complementarias: la planificación estratégica a largo plazo y la planificación operativa a corto y medio plazo que permite evaluar situaciones puntuales para, a la larga, realizar un proyecto más amplio.
La Planificación Hidrológica requiere un cuidadoso conocimiento dinámico del entorno que permita trabajar con datos fiables del estado de los recursos en el momento actual ya que, esa información permitirá predecir la situación futura de los mismos.
Para ello, se realizan una serie de estudios que van más allá de las características puramente hidrológicas y alcanzan diferentes variables como la calidad de las aguas, el entorno físico, el marco socio-económico, etc.
Las tres principales funciones de las Oficinas de Planificación Hidrológica, de acuerdo con el artículo 7 del Real Decreto 984/1989, de 28 de julio, por el que se determina la estructura orgánica dependiente de la Presidencia de las confederaciones hidrográficas son las siguientes: