A fin de reforzar el compromiso colectivo con el buen funcionamiento de las instituciones y, al mismo tiempo, proteger a los ciudadanos que informen sobre vulneraciones del ordenamiento jurídico en el marco de una relación profesional, se ha aprobado la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que incorpora al Derecho español la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019.
El Canal Interno de Información es el cauce preferente para informar sobre acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea, o que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave del ordenamiento jurídico español, que se hayan producido o puedan producirse en el ámbito de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.
Se excluyen del ámbito de aplicación material de esta norma todos aquellos supuestos de infracción que se rijan por su normativa específica, como por ejemplo las denuncias relativas a posibles infracciones de la Ley de Aguas. Sobre este tipo de denuncias puede obtener información en el siguiente apartado:
Denuncias y Sanciones - Confederacion Hidrográfica del Miño-Sil (chminosil.es)
1.- ¿Quién puede presentar información por este canal?
2.- ¿Sobre qué acciones u omisiones se puede trasladar información a través de este canal?
3.- ¿Cómo puedo presentar esta información?
4.- ¿Qué contenido debe tener la comunicación/información remitida?
Para facilitar la investigación, así como la identificación de las personas presuntamente responsables, es conveniente que la denuncia o comunicación aporte la máxima información de la que disponga la persona informante o indique la fuente en la que pueda obtenerse.
En particular, el contenido de la denuncia debería incluir:
5.- ¿Quién es el responsable del Sistema Interno de Información?
El responsable del Sistema Interno de Información en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil es el jefe de Área de la Secretaría General.
6.- ¿Cómo se desarrolla la tramitación?
Las comunicaciones o denuncias presentadas ante la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil se tramitarán, con apertura del correspondiente expediente, en el que se determine la competencia del organismo y, en caso de estimarse competente, se investiguen los hechos.
La presentación de una denuncia o comunicación no implica en todo caso el inicio de actuaciones de investigación; podrá ser inadmitida por falta de competencia de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil; archivada; remitida al Ministerio Fiscal, en el caso de que los hechos denunciados sean presuntamente delictivos; o, por ende, determinar la apertura de actuaciones de investigación por parte del Organismo.
En el apartado DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS puede acceder a la regulación detallada del procedimiento.
7.- Protección de datos personales y deber de confidencialidad
Las actuaciones de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil se llevarán a cabo de modo confidencial, al amparo de lo establecido en el título VI de la Ley 2/2023, garantizando en todo caso la confidencialidad de la identidad del informante.
El sistema de información interna está diseñado, establecido y gestionado de una forma segura, y permite la presentación de comunicaciones anónimas. Además, no sólo se garantiza la confidencialidad de la identidad del informante, sino de cualquier tercero mencionado en la comunicación, así como la protección de datos de carácter personal, impidiendo el acceso de personal no autorizado.
Puede consultar la información completa sobre protección de datos en nuestra página web.
8.- DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS
De acuerdo con lo establecido en Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por la que se debe impulsar el empleo y la aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos para el desarrollo de la actividad y el ejercicio de las competencias de las Administraciones Públicas, la Confederación Hidrográfica del Miño - Sil pone a disposición de los ciudadanos el apartado Comunicaciones Públicas, en el que se podrán consultar las informaciones referidas a los trámites de información y exposición pública que se publican en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en los boletines oficiales de las provincias.
De acuerdo con el Anuncio de la Dirección General del Agua, de 27 de marzo de 2023, (BOE del 30 de marzo de 2023) se inicia el período de audiencia e información pública durante tres meses (conforme al artículo 83.quater del Reglamento de la Planificación Hidrológica) hasta el 30 de junio de 2023, de la Propuesta de proyecto de revisión del Plan Especial de Sequías de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil y del documento ambiental estratégico referente al proceso de evaluación ambiental estratégica asociado al mismo (Artículo 29 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental).
Dentro de ese plazo, se podrán realizar las aportaciones y formular cuantas observaciones y sugerencias se estimen convenientes dirigidas a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A.
Los documentos que conforman el proyecto del nuevo plan especial de sequías y su documento ambiental estratégico (DAE, Artículo 29 de la Ley 21/2013), se pueden consultar en los siguientes enlaces:
MEMORIA PLAN ESPECIAL DE SEQUÍAS DE LA PARTE ESPAÑOLA DE LA DH MIÑO-SIL
ANEXOS A LA MEMORIA
ANEXO I. RÉGIMEN DE CAUDALES ECOLÓGICOS MÍNIMOS EN SITUACIONES ORDINARIAS Y DE SEQUÍA PROLONGADA. CAUDALES DE DESEMBALSE.
ANEXO II. LISTADO DE UNIDADES DE DEMANDA.
ANEXO III. LISTADO DE UNIDADES DE DEMANDA. MODELOS DE AQUATOOL.
ANEXO IV. ANÁLISIS DE SEQUÍAS HISTÓRICAS. PERÍODO 1940-2018. FICHAS ANÁLISIS SPI.
ANEXO V. ANÁLISIS DE SEQUÍAS HISTÓRICAS. PERÍODO 2019-2023.
ANEXO VI. FICHAS SOBRE LA EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS SOCIOECONÓMICOS DE LA ESCASEZ COYUNTURAL.
ANEXO VII. COMPARACIÓN DEL ÍNDICE DE SEQUÍA PROLONGADA CON EL CUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DE CAUDALES ECOLÓGICOS DE LAS APORTACIONES NATURALES.
ANEXO VIII. FICHAS DE LOS PLANES DE EMERGENCIA DE SISTEMAS DE ABASTECIMEINTO QUE ATIENDEN A MAS DE 20.000 HABITANTES.
ANEXO IX. RECORTES DE PRENSA DEL EPISODIO DE SEQUÍA DEL AÑO 2022
ANEXO X. INFORMES POST-SEQUÍA.
DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO
RESOLUCIÓN INFORME AMBIENTAL ESTRATÉGICO
OTROS DOCUMENTOS
ENCUESTA SOBRE LOS PLANES DE SEQUÍA
GRABACIÓN PRESENTACIÓN PLANES ESPECIALES DE SEQUÍA, MADRID 13 DE ABRIL 2023
PROPUESTAS Y OBSERVACIONES RECIBIDAS DURANTE ESTE PERÍODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y RESPUESTAS ENVIADAS
Descargar |
1 |
Dirección Xeral de Patrimonio Cultural (Xunta de Galicia) |
1 |
Descargar |
Descargar |
2 |
Dirección Xeral de Ordenación do territorio e Urbanismo (Xunta de Galicia) |
1 |
Descargar |
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3 |
Asociación de Empresarios, Gandeiros e Agricultores da Limia (ADEGAL) |
5 |
Descargar |
Descargar |
4 |
Iberdrola Generación S.A.U. |
3 |
Descargar |
Descargar |
5 |
Asociación Española de Abastecimientos de Agua y Saneamiento (AEAS) |
3 |
Descargar |
Descargar |
6 |
Asociación Empresarial de Acuicultura de España (APROMAR) |
15 |
Descargar |
Descargar |
7 |
Federación Nacional de Comunidades de Regantes de España (FENACORE) |
16 |
Descargar |
Descargar |
8 |
Particular de O Carballiño |
9 |
Descargar |
Descargar |
9 |
Particular de Madrid |
2 |
Descargar |
Descargar |
10 |
Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) |
6 |
Descargar |
Descargar |
11 |
Fundación Nueva Cultura del Agua (FNCA) |
12 |
Descargar |
Descargar |
12 |
Asociación Española de Operadores Públicos de Abastecimiento y Saneamiento (AEOPAS) |
7 |
Descargar |
Total |
80 |
PLAN HIDROLÓGICO 2022-2027 (VIGENTE, REAL DECRETO 35/2023, DE 24 DE ENERO, BOE 10 DE FEBRERO DE 2023)
El plan hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil actualmente en vigor ha sido aprobado mediante el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero (BOE de 10 de febrero de 2023), por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro, en cumplimiento del artículo 83 del Reglamento de la Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio
El presente plan hidrológico sigue la estructura formal recogida en el artículo 81 del Reglamento de la Planificación Hidrológica y está compuesto por la memoria, con sus anejos correspondientes, y la parte normativa, y se acompaña del Estudio Ambiental Estratégico y toda la documentación asociada relativa al proceso de evaluación ambiental estratégica llevado a cabo conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. De la misma forma, se incluye el informe del Consejo del Agua de la Demarcación y la Conformidad del Comité de Autoridades Competentes (CAC)
A continuación, se puede consultar toda la documentación en los siguientes enlaces:
(Para la descarga de ficheros de gran tamaño -varios MB- en los equipos Windows se recomienda pinchar con el botón derecho del ratón y seleccionar "Guardar enlace como" para guardar el fichero correspondiente en el equipo y abrirlo una vez finalizada la descarga).:
ADENDA CAMBIOS REALIZADOS SOBRE LA VERSIÓN PRECEDENTE
MEMORIA y ANEJOS:
ANEJOS:
NORMATIVA:
INFORME DE PROPUESTAS, OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS RECIBIDAS
INFORME CONSEJO DEL AGUA DE LA DEMARCACIÓN (CAD) ARTÍCULO 80.4 REGLAMENTO DE LA PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA (RPH):
CONFORMIDAD DEL COMITÉ DE AUTORIDADES COMPETENTES ARTÍCULO 80.4 DEL RPH:
EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA:
ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO y RESUMEN NO TÉCNICO DEL ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO
DECLARACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA
DOCUMENTO DE SÍNTESIS:
PLAN DE GESTIÓN DEL RIESGO DE INUNDACIÓN 2º CICLO:
PLAN DE GESTIÓN DEL RIESGO DE INUNDACIÓN
SEGUIMIENTO PLAN HIDROLÓGICO 2022-2027
Otros Enlaces de Interés
PROPUESTA DE PROYECTO DE PLAN HIDROLÓGICO2022-2027 VERSIÓN REMITIDA AL MITERD; ART. 80.5 RPH
PROYECTO DE PLAN HIDROLÓGICO 2022-2027 VERSIÓN CONSEJO DEL AGUA DE LA DEMARCACIÓN
CONSULTA PÚBLICA DEL PROYECTO PLAN HIDROLÓGICO DE CUENCA 2022-2027
En cumplimiento del artículo 87, “Seguimiento de los planes hidrológicos”, del Reglamento de la Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio , en el que se señala en su apartado 4º) “…Dichos organismos, en el caso de demarcaciones hidrográficas con cuencas intercomunitarias, informarán con periodicidad no superior al año al Consejo del Agua de la demarcación y al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico sobre el desarrollo de los planes”, se puede consultar en los siguientes enlaces el informe de desarrollo y seguimiento, correspondiente al año 2021, que fue presentado en la sesión del Consejo del Agua de la Demarcación (CAD), el 22 de noviembre de 2022 y remitido al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico el 6 de febrero de 2023.
6.1) SEXTO INFORME DE DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DEL PLAN HIDROLÓGICO MIÑO-SIL. AÑO 2021.
6.2) ANEXOS SEXTO INFORME DE DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DEL PLAN HIDROLÓGICO MIÑO-SIL. AÑO 2021.
En cumplimiento del artículo 87, “Seguimiento de los planes hidrológicos”, del Reglamento de la Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio , en el que se señala en su apartado 4º) “…Dichos organismos, en el caso de demarcaciones hidrográficas con cuencas intercomunitarias, informarán con periodicidad no superior al año al Consejo del Agua de la demarcación y al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico sobre el desarrollo de los planes”, se puede consultar en los siguientes enlaces, el informe de desarrollo y seguimiento, correspondiente al año 2022, que fue presentado en la sesión del Consejo del Agua de la Demarcación (CAD) celebrada el 28 de febrero de 2024 y remitido al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico el 24 de junio de 2024.
7.1) INFORME DE DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DEL PLAN HIDROLÓGICO MIÑO-SIL. AÑO 2022.
7.2) ANEXOS AL SÉPTIMO INFORME DE DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DEL PLAN HIDROLÓGICO MIÑO-SIL. AÑO 2022.
La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil dispone, en la ciudad de Ourense, de un laboratorio de análisis de aguas dependiente de la Comisaría de Aguas del Organismo. El laboratorio inició su andadura en 1990 formando parte de la extinta Confederación Hidrográfica del Norte. En 2008 y con la aprobación del Real Decreto 266/2008, por el que se modificaba la Confederación Hidrográfica de Norte y se dividía en Confederación Hidrográfica del Miño- Sil y Confederación Hidrográfica del Cantábrico, pasa a integrarse en la estructura y organización de la CHMS.
PRESIDENCIA
↓
SG COMISARÍA DE AGUAS DT PH
↓
ÁREA DE GESTIÓN AMBIENTAL, CALIDAD DEL AGUA Y VERTIDOS
↓
SERVICIO DE CONTROL DE CALIDAD Y ANÁLISIS DE AGUAS
↓
LABORATORIO
El trabajo que se lleva a cabo en sus instalaciones se resume en el análisis de aguas continentales, tanto superficiales - ríos, embalses y lagos-, como subterráneas, dentro del ámbito territorial de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil.
Desde el año 2002 el LCHMS (Laboratorio de la Confederación Hidrográfica Miño-sil) se encuentra acreditado por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) conforme a los requisitos de la norma UNE-EN-ISO/IEC 17025, por tanto, se dispone de un laboratorio que ha demostrado amplia experiencia en el desarrollo y aplicación de sus métodos analíticos, aportando resultados con garantía de calidad y técnica. Para asegurar su sistema de calidad, así como la fiabilidad y confianza en sus datos, el laboratorio renueva e incrementa sus acreditaciones de forma periódica mediante auditorias de ENAC.
En el Laboratorio CHMS se analizan muestras procedentes de la vigilancia y el control de vertidos que se producen en su ámbito territorial, así como las relativas a puntos que integran las redes de control, diseñadas en cumplimiento del espacio normativo que establece la Directiva 2000/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas y del derivado en su transposición a la normativa estatal.
Las redes de calidad comprenden:
Adicionalmente a las redes de control de calidad se asumen campañas de estudio como las de seguimiento de cianobacterias en los embalses, cuya frecuencia se intensifica en época estival, lagunas en primavera y otros eventos que se producen de forma no prevista, pero que es necesario su estudio para comprobar su incidencia en la calidad de las aguas.
Como resultado de las actividades realizadas en el año 2021, hay que indicar que se procesaron 2.537 muestras, de las cuales 1.071 se corresponden con las redes de control de superficiales, 145 de la red de subterráneas, 726 muestras procedentes de estudios y 595 de muestras de vertidos. En cuanto al número de parámetros analizados éste ascienden a un total de 51.970, repartidos de modo: 29.459 determinaciones se cuantifican dentro del global de muestras de las redes de superficies, 2.859 se corresponden con las muestras subterráneas, 12.526 parámetros de estudios y 7.126 análisis de campañas de inspección de vertidos.
La organización del laboratorio se estructura en tres áreas:
En total se han recibido 71 escritos (62 dentro de plazo y 9 fuera de plazo), con un total de 972 observaciones, que aunque suponen 8 escritos menos que los formulados en el ciclo pasado (79) se traducen en 597 observaciones más (un 259,2% superior al anterior período de planificación, en el que fueron 375).
Estas propuestas, observaciones y sugerencias, han sido realizadas desde 65 entidades diferentes: asociaciones en defensa de los intereses ambientales, administraciones públicas, asociaciones agrarias, entidades mineras, entidades del sector energético, colegios profesionales, y particulares.
En el siguiente enlace se pueden consultar el informe que de acuerdo con el artículo 80.4 del Reglamento de la Planificación Hidrológica ha redactado la CHMS, acerca de las propuestas, observaciones y sugerencias formuladas:
INFORME SOBRE PROPUESTAS, OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS ARTÍCULO 80.4 RPH
En este otro, se pueden descargar todos (71) los escritos recibidos y las respuestas enviadas a cada interesado:
PROPUESTAS, OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS RECIBIDAS Y RESPUESTAS ENVIADAS 2022-2027
Los documentos que conforman el proyecto de nuevo plan hidrológico (siguiendo la estructura formal señalada en el artículo 81 del Reglamento de la Planificación Hidrológica), y su Estudio Ambiental Estratégico (EAE), así como el informe del Consejo del Agua de la Demarcación y la Conformidad del Comité de Autoridades Competentes (CAC), se pueden consultar en los siguientes enlaces:
MEMORIA y ANEJOS:
1. ANEJO I: INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES
2. ANEJO II: DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA DEMARCACIÓN
2.1 ANEXO 1: MASAS DE AGUA MUY MODIFICADAS
2.2 ANEXO 2: INVENTARIO DE RECURSOS
2.3 ANEXO 3: FICHAS DE LAS MASAS DE AGUA
2.4 ANEXO 4. ESTUDIO IMPACTO CAMBIO CLIMÁTICO
3. ANEJO III: DESCRIPCIÓN DE USOS, DEMANDAS Y PRESIONES
4. ANEJO IV: RESTRICCIONES AL USO, PRIORIDADES DE USOS Y ASIGNACIÓN DE RECURSOS
5. ANEJO V: IDENTIFICACIÓN Y MAPAS DE LAS ZONAS PROTEGIDAS
6. ANEJO VI: PROGRAMAS DE CONTROL DEL ESTADO DE LAS MASAS DE AGUA
7. ANEJO VII: EVALUACIÓN DEL ESTADO DE LAS MASAS DE AGUA
8. ANEJO VIII: OBJETIVOS MEDIOAMBIENTALES Y EXENCIONES
9. ANEJO IX: RECUPERACIÓN DE COSTES DE LOS SERVICIOS DEL AGUA
10. ANEJO X: PLANES Y PROGRAMAS RELACIONADOS
11. ANEJO XI: PLANES DEPENDIENTES: SEQUÍAS E INUNDACIONES
12. ANEJO XII: PROGRAMA DE MEDIDAS
13. ANEJO XIII: PARTICIPACIÓN PÚBLICA
14. ANEJO XIV: SEGUIMIENTO DEL PLAN HIDROLÓGICO
15. ANEJO XV: LISTADO DE AUTORIDADES COMPETENTES
16. ANEJO XVI: REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PLAN
17. ANEJO XVII: PUNTOS DE CONTACTO Y PROCEDIMIENTOS PARA OBTENER INFORMACIÓN
NORMATIVA:
INFORME CONSEJO DEL AGUA DE LA DEMARCACIÓN (CAD) ARTÍCULO 80.4 REGLAMENTO DE LA PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA (RPH):
CONFORMIDAD DEL COMITÉ DE AUTORIDADES COMPETENTES ARTÍCULO 80.4 DEL RPH:
EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA:
ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO y RESUMEN NO TÉCNICO DEL ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO
De acuerdo con el anuncio de la Dirección General del Agua de 1 de junio de 2021 (BOE de 22 de junio de 2021), se inició el período de consulta pública durante seis meses (a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado) hasta el 22 de diciembre de 2021, de la propuesta de proyecto de revisión de plan hidrológico (ciclo de planificación hidrológica 2022-2027) de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil y su Estudio Ambiental Estratégico asociado (artículos 20, 21 y 22 Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental). Durante el citado plazo, y en cumplimiento de los artículos 74; 80.2) y 80.3) del Reglamento de la Planificación Hidrológica aprobado mediante el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, y de los artículos 20, 21 y 22 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental se han podido formular las oportunas propuestas, observaciones y sugerencias dirigidas a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A.
Tras el citado período de consulta pública de la propuesta de proyecto de revisión de plan hidrológico (ciclo de planificación hidrológica 2022-2027) de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil y su Estudio Ambiental Estratégico asociado (artículos 20 ; 21 y 22 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental), y tras la evaluación de las propuestas, observaciones y sugerencias presentadas, se incorporaron las que se consideraron procedentes conforme al artículo 80.4) del Reglamento de la Planificación Hidrológica.
En cumplimiento del artículo 80.5), el proyecto de plan obtuvo la conformidad del Comité de Autoridades Competentes (CAC) sobre el programa de medidas en su correspondiente ámbito competencial, en la sesión plenaria celebrada el 7 de abril de 2022.
Por otra parte, en la sesión del pleno del Consejo del Agua de la Demarcación (CAD) que tuvo lugar el 7 de abril de 2022, conforme al artículo 80.5 del Reglamento de la Planificación Hidrológica, el citado Consejo emitió el preceptivo informe favorable sobre el proyecto de plan hidrológico de cuenca 2022-2027 y acordó su elevación al Gobierno a través del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, conforme al artículo 35.2 del texto refundido de la Ley de Aguas, para continuar su tramitación hasta que pueda ser aprobado mediante real decreto.
En los siguientes enlaces se pueden consultar el proyecto de plan hidrológico de cuenca 2022-2027, remitido al MITERD así como el resto de documentos asociados al mismo: