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Directiva Marco del Agua: Una nueva gestión del agua en Europa
La Directiva Marco del Agua (Directiva 2000/60/CE ) es la norma básica que preside, desde el año 2000, la gestión de las aguas de la UE. La DMA supone una nueva concepción en la gestión de las aguas y establece como objetivo central la prevención, conservación y recuperación del buen estado ecológico de las aguas, ríos, lagos y humedales, así como su uso sostenible.
Atendiendo a los objetivos y principios establecidos en la DMA, la Confederación Hidrográfica Miño-Sil se encuentra en proceso de elaboración del Plan Hidrológico de Demarcación 2009-2015. Dicho Plan, una vez aprobado, constituirá el principal instrumento de gestión de la demarcación Miño- Sil, y establecerá las líneas de actuación preferentes para alcanzar los siguientes objetivos prioritarios:
Prevenir el deterioro de los recursos hídricos.
La participación pública: un pilar básico del proceso de Planificación.
La DMA establece un modelo de gestión participativa del agua basada en la participación ciudadana proactiva, en la que todas las partes interesadas participen activamente en la elaboración de los nuevos planes hidrológicos de cuenca, conociendo y tratando los problemas y contribuyendo a encontrar soluciones.
El objetivo es llegar a soluciones satisfactorias a largo plazo en la planificación de la cuenca, evitando o resolviendo los conflictos a través del diálogo, llegando a compromisos colectivos en la gestión del agua. La mejora en la gestión del agua debe ser una responsabilidad compartida entre la administración y todos los agentes interesados.
La Oficina de Planificación Hidrológica de la CHMS, organismo responsable de la redacción del nuevo Plan, está llevando a cabo un plan de participación activa para que la ciudadanía tenga la información, las herramientas y los espacios adecuados para influír en la planificación y la gestión de la demarcación.
La página Web de la CHMS se constituye el principal vehículo de información del proceso de planificación y participación pública. En ella se podrá acceder a todos los documentos que están siendo elaborados para el nuevo Plan Hidrológico, y a todas las actividades de participación activa.
La Oficina de Información Pública será el punto de información y consulta así como de recepción de aportaciones y sugerencias respecto a cualquiera de los documentos que se facilitan (enlace OIP).
En el año 2000, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea aprobaron la Directiva Marco del Agua; documento que supone un cambio en la manera de entender la gestión hidrológica.
La Directiva Marco del Agua se presenta como una norma básica común para toda la Unión Europea, que establece la demarcación hidrográfica como unidad de gestión de los recursos hídricos, la cual dede definirse en función de los límites naturales de las cuencas. Asimismo, hace referencia a la necesidad de planes hidrológicos, de análisis económicos del uso del agua y otras actividades marcadas en un calendario que finalizará en 2015.
Documentación:
Documento divulgativo: La Directiva Marco del Agua en la CHMS.
Normativa: Directiva Marco del Agua (2000/60/CE).
El Texto Refundido de la Ley de Aguas (aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio) es el marco normativo que regula la competencia exclusiva del Estado en materia de planificación hidrológica, a la que deberá someterse toda actuación sobre el dominio público hidráulico.
Así mismo, el Texto Refundido de la Ley de Aguas regula el dominio público hidráulico, el uso del agua y el ejercicio de las competencias atribuidas al Estado en las materias relacionadas con dicho dominio.
Tanto las aguas continentales superficiales como las subterráneas renovables, integradas todas ellas en el ciclo hidrológico, constituyen un recurso unitario, subordinado al interés general, que forma parte del dominio público hidráulico.
Principios rectores de la gestión en materia de aguas.
El ejercicio de las funciones del Estado en materia de aguas se someterá a los siguientes principios:
Documentación:
El Plan Hidrológico Nacional, aprobado por la Ley 10/2001 de 5 de julio, recoge en su texto los principios esenciales de la Directiva Marco del Agua, y considera como uno de sus objetivos "alcanzar el buen estado de las masas de agua". La necesaria recuperación de costes, la participación de la sociedad en el proceso de elaboración del Plan Hidrológico Nacional, la garantía del acceso a la información en materia de aguas, son principios y objetivos que están incorporados a través de esta norma a la legislación estatal de aguas.
El Plan Hidrológico Nacional fija, así mismo, los elementos básicos de coordinación de los Planes Hidrológicos de cuenca, la solución para las posibles alternativas que aquéllos ofrezcan, la previsión y las condiciones de las transferencias de recursos hídricos entre ámbitos territoriales de distintos Planes Hidrológicos de cuenca y las modificaciones que se prevean en la planificación del uso del recurso y que afecten a los aprovechamientos existentes para abastecimiento a poblaciones y regadíos.
Documentación:
La Planificación Hidrológica tiene como objetivos generales conseguir el buen estado y la adecuada protección de las masas de agua de la demarcación, la satisfacción de las demandas de agua y el equilibrio y armonización del desarrollo regional y sectorial.
La Confederación Hidrográfica Miño-Sil está desarrollando los trabajos de redacción del Plan Hidrológico 2009-2015, siguiendo los criterios establecidos en la Directiva Marco del Agua- de sostenibilidad en el uso del agua mediante la gestión integrada y la protección de los recursos hídricos, prevención del deterioro del estado de las aguas, protección y mejora del medio acuático y de los ecosis-temas acuáticos y reducción de la contaminación.