Órganos de Gobierno y Participación

El Real Decreto 1/2001 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas y sus modificaciones posteriores, así como el Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Pública del Agua y la Planificación Hidrológica regulan los siguientes Órganos de Gobierno y Participación:

Funciones

Las confederaciones hidrográficas están concebidas por la Ley de Aguas, en su artículo 19 y siguientes, como los Organismos responsables, fundamentalmente, de la Administración Hidráulica de las cuencas intercomunitarias.

 

El artículo 21 de la Ley de Aguas establece como funciones de los Organismos de cuenca:

  • FuncionesLa elaboración del Plan Hidrológico de cuenca, así como su seguimiento y revisión.
  • La administración y control del Dominio Público Hidráulico.
  • La administración y control de los aprovechamientos de interés general o que afecten a más de una Comunidad Autónoma.
  • El proyecto, la construcción y explotación de las obras realizadas con cargo a los fondos propios del Organismo y las que les sean encomendadas por el Estado.
  • Las que se deriven de los convenios con comunidades autónomas, corporaciones locales y otras entidades públicas o privadas, o de los suscritos con los particulares.

Con la aprobación del Real Decreto 266/2008, y al modificarse la Confederación Hidrográfica del Norte quedando dividida en Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y Confederación Hidrográfica del Cantábrico, las funciones de cada una quedan recogidas en su artículo 1 del siguiente modo:

  • La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil ejercerá las funciones atribuidas a la Confederación Hidrográfica del Norte en el ámbito territorial de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil, a la que se refiere el artículo 3.1 del Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito de las demarcaciones hidrográficas.
  • La Confederación Hidrográfica del Cantábrico ejercerá las funciones atribuidas a la Confederación Hidrográfica del Norte en el ámbito territorial de su demarcación hidrográfica , a la que se refiere el artículo 3.1 del Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero por el que se fija el ámbito de las demarcaciones hidrográficas.

 

Imagen Institucional

Elementos básicos

1. Normativa

La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil (CHMS) es un Organismo autónomo, dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica.

La imagen institucional de esta administración hidráulica viene determinada por la imagen institucional de la Administración General del Estado, que se puede consultar en la página web del 060. La normativa que regula dicha imagen, esta basada en el Real Decreto 1465/1999 de 17 de septiembre. No obstante, los cambios producidos en la organización del Estado, suponene continuas modificaciones de la imagen institucional.

2. Logotipo de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil

3. Fuentes

  • Gill Sans normal ( Fuente, 67 KB )
  • Gill Sans cursiva ( Fuente, 69 KB)
  • Gill Sans Negrita ( Fuente, 68 KB)

Multimedia

Reportajes

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