Ámbito Territorial

El ámbito de actuación de la Confederación Hidrográfica Miño - Sil (CHMS), establecido en el Real Decreto 125/2007 [ Descargar pdf, 112 Kb], comprende la cuenca del río Sil y la parte española de los ríos Miño y Limia.

Ámbito TerritorialEsto se concreta en una superficie total de más de 17.619 kilómetros cuadrados, ocupando una parte importante de Galicia (77%) y extensiones más reducidas de Castilla y León (22,9%) y Asturias (0,1%).

La población se eleva, aproximadamente, a 858.000 habitantes, donde más del 83% se asienta en la Comunidad Autónoma de Galicia, siguiendo con un 16% la de Castilla y León y Asturias a penas un 1%.

Las principales cuencas de esta Demarcación Hidrográfica son: Miño, Sil y Limia, en las que desembocan las siguientes corrientes:

Cuenca del Miño: Ladra, Neira, Avia, Deva, Arnoia y Tea.

Cuenca del Limia: Salas

Cuenca del Sil: Cúa, Boeza, Lor, Bibei y Cabe.

Estructura Orgánica

14112024 Organigrama final para publicar

Marco Normatico

Desde esta sección la CH del Miño-Sil ofrece a los ciudadanos el acceso a la legislación básica relacionada con la gestión y administración hidráulica.

No obstante, ésta es una compilación de los textos legales más destacados. Si desea más información sobre el tema, puede consultar la página Web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino , así como la del CEDEX .

Órganos de Gobierno y Participación

El Real Decreto 1/2001 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas y sus modificaciones posteriores, así como el Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Pública del Agua y la Planificación Hidrológica regulan los siguientes Órganos de Gobierno y Participación:

Funciones

Las confederaciones hidrográficas están concebidas por la Ley de Aguas, en su artículo 19 y siguientes, como los Organismos responsables, fundamentalmente, de la Administración Hidráulica de las cuencas intercomunitarias.

 

El artículo 21 de la Ley de Aguas establece como funciones de los Organismos de cuenca:

  • FuncionesLa elaboración del Plan Hidrológico de cuenca, así como su seguimiento y revisión.
  • La administración y control del Dominio Público Hidráulico.
  • La administración y control de los aprovechamientos de interés general o que afecten a más de una Comunidad Autónoma.
  • El proyecto, la construcción y explotación de las obras realizadas con cargo a los fondos propios del Organismo y las que les sean encomendadas por el Estado.
  • Las que se deriven de los convenios con comunidades autónomas, corporaciones locales y otras entidades públicas o privadas, o de los suscritos con los particulares.

Con la aprobación del Real Decreto 266/2008, y al modificarse la Confederación Hidrográfica del Norte quedando dividida en Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y Confederación Hidrográfica del Cantábrico, las funciones de cada una quedan recogidas en su artículo 1 del siguiente modo:

  • La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil ejercerá las funciones atribuidas a la Confederación Hidrográfica del Norte en el ámbito territorial de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil, a la que se refiere el artículo 3.1 del Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito de las demarcaciones hidrográficas.
  • La Confederación Hidrográfica del Cantábrico ejercerá las funciones atribuidas a la Confederación Hidrográfica del Norte en el ámbito territorial de su demarcación hidrográfica , a la que se refiere el artículo 3.1 del Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero por el que se fija el ámbito de las demarcaciones hidrográficas.

 

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