De acuerdo con la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y conforme a lo establecido en los artículos 79 y 80 del Reglamento de la Planificación Hidrológica, el plan hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil 2016-2021, debe someterse a evaluación ambiental estratégica. Así mismo también debe someterse al citado proceso el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de esta demarcación.
Documento de Solicitud de Inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica Art.18 Ley 21/2013 (PDF-114 KB)
Documento Inicio Evaluación Ambiental Estratégica 2016-2021 (abril 2014) (PDF-9MB)
De acuerdo con el artículo 19 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y mediante Resolución de la Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, de fecha 23 de julio de 2014, el órgano ambiental aprobó el documento de alcance para la evaluación ambiental de los planes hidrológico y de gestión del riesgo de inundación de la parte española de la demarcación hidrográfica del Miño-Sil para el periodo 2016-2021.
Resolución de la Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, de fecha 23 de julio de 2014 (PDF-349 KB)
Listado de Organizaciones, Entidades y Administraciones consultadas (PDF-50 KB)
Respuestas y observaciones recibidas:
ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO TRAS CONSULTA PÚBLICA
RESUMEN NO TÉCNICO DEL ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO
DOCUMENTO RESUMEN DE INTEGRACIÓN DE LOS ASPECTOS AMBIENTALES