Consumos anuales por sistema de explotación

Datos de los embalses de Bárcena, Fuente del Azufre y Vilasouto de los años hidrológicos 2012/13 y 2013/14:

Embalses 2012-2013 (ZIP con XLSX-58KB)

Embalses 2013-2014 (ZIP con XLSX-138KB)

Embalses 2014-2015 (ZIP con XLSX-124KB)

 

 

Tasas y Cánones

CANONES DE REGULACIÓN Y TARIFAS DE UTILIZACIÓN DEL AGUA

Estudios Económicos de los Cánones de Regulación y Tarifas de Utilización del Agua para los usuarios de obras hidráulicas en el ámbito de la cuenca Miño-Sil

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 302.3 y 309.3 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril y modificado por los artículos 1.186 y 1.187 del Real Decreto 665/2023, de 18 de julio de 2023, se someten a información pública los siguientes Estudios Económicos:

ESTUDIO ECONÓMICO DE FIJACIÓN DEL CANON DE REGULACIÓN DEL EMBALSE DE BÁRCENA Y DE LA TARIFA DE UTILIZACIÓN DE LA PRESA DE FUENTE DEL AZUFRE PARA USUARIOS HIDROELÉCTRICOS (LEÓN-LUGO-OURENSE). AÑO 2025. 

ESTUDIO ECONÓMICO DE FIJACIÓN DEL CANON DE REGULACIÓN DEL EMBALSE DE BÁRCENA Y TARIFA DE UTILIZACIÓN DEL POZO DE TOMA PARA USOS INDUSTRIALES (LEÓN). AÑO 2025

ESTUDIO ECONÓMICO DE FIJACIÓN DEL CANON DE REGULACIÓN DEL EMBALSE DE BÁRCENA Y TARIFA DE UTILIZACIÓN DEL POZO DE TOMA PARA USOS DE ABASTECIMIENTOS DE AGUA A POBLACIONES (LEÓN). AÑO 2025.

ESTUDIO ECONÓMICO DE FIJACIÓN DEL CANON DE REGULACIÓN DEL EMBALSE DE BÁRCENA Y DE LA TARIFA DE UTILIZACIÓN DEL AGUA PARA EL REGADÍO DE LA SUBZONA ALTA DEL BIERZO (LEÓN). AÑO 2025.

ESTUDIO ECONÓMICO DE FIJACIÓN DEL CANON DE REGULACIÓN DEL EMBALSE DE BÁRCENA Y DE LA TARIFA DE UTILIZACIÓN DEL AGUA PARA EL REGADÍO DE LA SUBZONA BAJA DEL BIERZO (LEÓN). AÑO 2025.

ESTUDIO ECONÓMICO DE FIJACIÓN DEL CANON DE REGULACIÓN DEL EMBALSE DE VILASOUTO Y DE LA TARIFA DE UTILIZACIÓN DEL AGUA PARA EL REGADÍO DEL VALLE DE LEMOS (LUGO). AÑO 2025.

ESTUDIO ECONÓMICO DE FIJACIÓN DEL CANON DE REGULACIÓN DEL EMBALSE DE VILASOUTO PARA USOS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA A POBLACIONES (LUGO). AÑO 2025.

 

NUEVA REGULACIÓN DEL CANON HIDROELÉCTRICO

El canon por la utilización de aguas continentales para la producción de energía eléctrica se creó por el artículo 29 de la Ley 15/2012, de 29 de diciembre, que introdujo un nuevo artículo 112 bis en el Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA). La Disposición transitoria primera de dicha Ley 15/2012 establecía que el canon sólo sería exigible a partir de la revisión de las condiciones de cada concesión.

La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, ha derogado la citada disposición transitoria primera de la Ley 15/2012 y, en consecuencia, a partir de su entrada en vigor el 10 de abril de 2022 se devenga el canon hidroeléctrico por la utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica, al desvincularse de la adaptación de las concesiones.

El régimen jurídico del canon es el establecido en el artículo 112 bis TRLA y en el Real Decreto 198/2015, de 23 de marzo. Ambas normas han sido modificadas por la Ley 2/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

La autoliquidación y pago del tributo correspondiente al año 2024 se realizarán en el mes de marzo de 2025.


Las leyes anuales de presupuestos establecen disposiciones relativas a la ordenación de la actividad económica presupuestaria para cada ejercicio, entre ellas las referidas a los tributos, como tasas y cánones.

 

 

Funcionarios

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Periodo 2007-2013

PROGRAMA OPERATIVO DE GALICIA (FEDER)

El día 5 de marzo de 2007, España presentó a la Comisión Europea una propuesta de Programa Operativo para la Comunidad Autónoma de Galicia, que reunía las condiciones del objetivo convergencia en virtud del artículo 5, apartado 1, del Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006. Mediante Decisión de la Comisión C(2007)6079, de 30 de noviembre de 2007, la Comisión Europea aprobó el Programa Operativo FEDER/DOCUP de Galicia 2007-2013, con un importe máximo de ayuda de 2.191.544.341 euros.

A través de este Programa Operativo se financian mediante ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional actuaciones ejecutadas por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil en la Comunidad Autónoma de Galicia. 

 PROGRAMA OPERATIVO FONDO DE COHESION-FEDER

El día 1 de marzo de 2007, España presentó a la Comisión Europea el Programa Operativo de Fondo de Cohesión-FEDER 2007-2013 en el marco del objetivo de convergencia, con asistencia del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para las Comunidades Autónomas de Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura y Galicia, que reúnen las condiciones del objetivo de convergencia en virtud del artículo 4, apartado 1 y 2 del Reglamento (CE) nº 1083/2006 y del Fondo de Cohesión en todo el territorio, que reúne las condiciones del objetivo de convergencia en virtud del artículo 8, apartado 3 de dicho Reglamento. Este Programa Operativo fue aprobado por Decisión de la Comisión C(2007)6315 del 7 de diciembre de 2007. El importe máximo de la ayuda del FEDER, concedida queda establecida en 1.356.951.334 euros y el importe máximo de la ayuda del Fondo de Cohesión concedida en el marco del programa Operativo queda establecido en 3.543.213.008 euros.

A través de este Programa Operativo se financian actuaciones ejecutadas por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil en las Comunidades Autónomas de Castilla y León y Galicia.

Periodo 2000-2006

En este período las ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Cohesión financiaron actuaciones ejecutadas en las Comunidades autónomas de Castilla y León y Galicia

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