Los protocolos relativos a la protección del medio Fluvial y la Prevención del Riesgo de Inundaciones se enmarcan dentro de la normativa iniciada por la Ley 10/2001, de 5 de Julio, del Plan Hidrológico Nacional, que establece que el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino promoverá convenios de colaboración con las Administraciones Autonómicas y Locales que tengan por finalidad eliminar instalaciones situadas en dominio público y en zonas inundables que pudieran implicar un grave riesgo para las personas y los bienes y la protección del mencionado dominio. En este sentido, destaca también la Directiva 2007/60/CE, de 23 de octubre de 2007 relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación que reconoce la existencia, dentro del territorio de la Comunidad Europea, de diferentes tipos de inundaciones, por lo que considera necesario el establecimiento de un marco para la evaluación y gestión de los riesgos de inundación (Artículo 1). Este documento establece, en su capítulo de consideraciones, que con miras a dar más espacio a los ríos, [los planes de gestión] deben tomar en consideración, cuando sea posible, el mantenimiento o el restablecimiento de llanuras aluviales, así como medidas para prevenir y reducir los daños a la salud humana, el medio ambiente, el patrimonio cultural y la actividad económica.
A continuación se recogen los protocolos firmados entre la Confederación Hidrográfica del Norte y los Ayuntamientos que los han suscrito hasta el momento en el ámbito de la demarcación Miño-Sil. Seleccionando el ayuntamiento, podrá acceder a la documentacion del convenio y el protocolo.