Organismo

En febrero de 2007, el Consejo de Ministros aprobaba el Real Decreto 125/2007 por el que se crearon las Demarcaciones Hidrográficas Miño - Limia y Norte. El 22 de febrero de 2008, se daba un paso más, y era aprobado el Real Decreto 266/2008 por el que se modificaba la Confederación Hidrográfica de Norte y se dividía en Confederación Hidrográfica del Miño - Sil y Confederación Hidrográfica del Cantábrico. En consecuencia con esta modificación, las demarcaciones hidrográficas Miño-Limia y del Norte, pasaron a llamarse del Miño - Sil y Cantábrica, respectivamente.

Organismo CHMSLa Confederación Hidrográfica del Miño - Sil se convirtió así en la más joven de todas las que existen en España. Tal y como se pone de manifesto en el citado Real Decreto, las nuevas confederaciones sucedieron a título universal a la Confederación Hidrográfica del Norte (CHN) en los bienes, derechos y obligaciones de ésta, en lo referido a su respectivos territorios.

La Confederación Hidrográfica del Norte, llamada Confederación Hidrográfica del Norte de España (CHNE) hasta 1989, fue creada por el Decreto 480/61 de 16 de marzo de 1961 (PDF-800K). Su entrada en funcionamiento se hizo con 35 años de retraso con respecto a la primera de ellas, la Confederación Hidrográfica del Ebro. Sus antecedentes se remontan a 1865, cuando se constituyeron las Divisiones Hidrológicas de Santander y Ourense.Organismo CHMS

En su momento, el retraso en la constitución de la Confederación Hidrográfica del Norte se explicaba por la complejidad administrativa y topográfica que caracteriza al ámbito territorial sobre el que ejercería sus competencias. Desde el punto de vista administrativo, el territorio de las cuencas fluviales que acabaron incorporándose al Organismo, pertenecían a catorce provincias distintas (Navarra, Guipúzcoa, Álava, Vizcaya, Burgos, Santander, Palencia, Asturias, León, Zamora, Lugo, Ourense, A Coruña y Pontevedra) que posteriormente se integraron en seis Comunidades Autónomas: Navarra, País Vasco, Cantabria, Asturias, Castilla y León y Galicia. De esta forma, las dificultades administrativas se acentuaron, ya que cada una de ellas tendía a gestionar de manera independiente la parte del territorio de la CHN que se encontraba situada dentro de su ámbito jurisdiccional. De hecho, Galicia y el País Vasco fueron los primeros en controlar las cuencas de los ríos que discurrían por su territorio autonómico.
 
Contraviniendo la idea original de organizar las confederaciones hidrográficas en torno a un único y gran río, la CHNE comprendía, en su origen, más de 670 cursos de agua que desembocaban en el mar. El más importante de ellos, el formado por el sistema fluvial Miño-Sil, pero también se destacan de oeste a este, los ríos Limia, Lérez, Umia, Ulla, Tambre, Eume, Mandeo, Mera, Sar, Landro, Eo, Navia, Esva, Nalón-Narcea, Sella, Deva-Cares, Nansa, Saja-Besaya, Pas, Miera, Asón, Agüera, Nervión-Ibaizábal, Deba, Urola, Oria, Urumea y Bidasoa.

Recursos Hídricos Anuales

En cuanto a la relación entre recursos superficiales y subterráneos, se puede decir que en la Demarcación Hidrográfica Miño-Sil no existen unidades hidrogeológicas dignas de interés. Esta circunstancia, sumada a la de los altos niveles de pluviometría que se dan en toda la cuenca, determina que los recursos superficiales sean claramente superiores a los subterráneos.

Analizando la situación de los ríos pertenecientes al ámbito Miño-Sil y Limia, se pueden extraer las siguientes conclusiones:

  • El Sil tiene unos recursos medios totales de 5.110 hectómetros cúbicos al año, lo que supone una aportación específica media anual de 637 milímetros. Esta aportación es muy irregular, destacando zonas con valores de la aportación específica del doble respecto al valor medio citado. Entre esos lugares destacan el propio Sil en cabecera, así como el Cúa a la altura de Anllares, Navea en Chandreja y Lor en Villamar.
  • El Miño en la confluencia con el Sil tiene unos recursos totales de 2.624 hectómetros cúbicos al año, equivalentes a 553 milímetros de aportación específica.
  • En cuanto al Miño bajo, que abarca las cuencas del Miño y del Sil, la aportación media es de 8.285 hectómetros cúbicos al año. Esto supone una aportación específica media anual de 504 milímetros.
  • Finalmente, el río Limia ofrece unos recursos totales de 648 hectómetros cúbicos al año, lo que se traduce en 488 milímetros de aportación anual.

Tabla. Aportaciones específicas a partir de las superficies de cuenca

Denominación

Superficie Km2

Aportación máxima anual (hm3/año)

Aportación media (hm3/año)

Aportación mínima anual (hm3/año)

Total Miño alto

4748

5189

2624

401

Total Sil superior

3995

4604

2174

140

Total Sil inferior

8020

8697

5110

796

Total Cabe

737

632

233

31

Total Miño bajo

16436

12889

8285

1332

Total Limia

1329

1388

648

97

DEMARCACIÓN TOTAL

17765

14277

8933

1429

Unidades Administrativas

Unidades AdministrativasExisten cuatro unidades administrativas que dependen directamente del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño - Sil:

Comisaría de Aguas

Dirección Técnica

Secretaría General

Oficina de Planificación Hidrológica

Estructura Orgánica

14112024 Organigrama final para publicar

Funciones

Las confederaciones hidrográficas están concebidas por la Ley de Aguas, en su artículo 19 y siguientes, como los Organismos responsables, fundamentalmente, de la Administración Hidráulica de las cuencas intercomunitarias.

 

El artículo 21 de la Ley de Aguas establece como funciones de los Organismos de cuenca:

  • FuncionesLa elaboración del Plan Hidrológico de cuenca, así como su seguimiento y revisión.
  • La administración y control del Dominio Público Hidráulico.
  • La administración y control de los aprovechamientos de interés general o que afecten a más de una Comunidad Autónoma.
  • El proyecto, la construcción y explotación de las obras realizadas con cargo a los fondos propios del Organismo y las que les sean encomendadas por el Estado.
  • Las que se deriven de los convenios con comunidades autónomas, corporaciones locales y otras entidades públicas o privadas, o de los suscritos con los particulares.

Con la aprobación del Real Decreto 266/2008, y al modificarse la Confederación Hidrográfica del Norte quedando dividida en Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y Confederación Hidrográfica del Cantábrico, las funciones de cada una quedan recogidas en su artículo 1 del siguiente modo:

  • La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil ejercerá las funciones atribuidas a la Confederación Hidrográfica del Norte en el ámbito territorial de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil, a la que se refiere el artículo 3.1 del Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito de las demarcaciones hidrográficas.
  • La Confederación Hidrográfica del Cantábrico ejercerá las funciones atribuidas a la Confederación Hidrográfica del Norte en el ámbito territorial de su demarcación hidrográfica , a la que se refiere el artículo 3.1 del Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero por el que se fija el ámbito de las demarcaciones hidrográficas.

 

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