
Las inundaciones constituyen un riesgo natural que a lo largo del tiempo han provocado la pérdida de vidas humanas y ha ocasionado costosos daños materiales, por lo que la lucha contra sus efectos negativos no sólo requiere de soluciones estructurales sino también de otras no estructurales como la implantación de sistemas de alerta, la corrección hidrológico - forestal y la correcta aplicación de las medidas de ordenación del territorio.
Estas consideraciones han sido recogidas en normas europeas y estatales como la Directiva 2000/60/CE Marco sobre el Agua, la Directiva 2007/60/CE relativa a la evaluación y la gestión de los riesgos de inundación y el Real Decreto 903/2010.
El Real Decreto 903/2010, de 15 de julio, de evaluación y gestión riesgos de inundaciones, establece un marco para la evaluación y gestión de los riesgos de inundación, con el objeto de reducir las consecuencias adversas potenciales de la inundación para la salud humana, el medio ambiente, el patrimonio cultural, la actividad económica y las infraestructuras. De esta forma, el referido real decreto regula los procedimientos para realizar la evaluación preliminar del riesgo de inundación, los mapas de peligrosidad y riesgo, y los planes de gestión de los riesgos de inundación en todo el territorio español.
La tercera y última fase de la evaluación y gestión de los riesgos de inundación consiste en la elaboración y redacción del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación, y que ha de integrarse en la propia planificación hidrológica de las correspondientes Demarcaciones Hidrográficas.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 13.4 del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, el Gobierno ha aprobado el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil mediante el Real Decreto 18/2016, de 15 de enero, por el que se aprueban los Planes de gestión del riesgo de inundación de las demarcaciones hidrográficas del Guadalquivir, Segura, Júcar y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana, Ebro, Ceuta y Melilla. (BOE de 22 de enero de 2016).
PLAN DE GESTIÓN DEL RIESGO DE INUNDACIÓN DE LA PARTE ESPAÑOLA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL MIÑO-SIL
MEMORIA (PDF-5,07MB)
ANEJOS
ANEJO Nº 1 - Caracterización de las ARPSIs (PDF-6,78MB)
ANEJO Nº 2 - Descripción del programa de medidas (PDF-2,11MB)
ANEJO Nº3 - Resumen de los procesos de información pública y consulta y sus resultados (PDF-14,62MB)
ANEJO Nº 4 - Medidas específicas de coordinación con la parte internacional de la Demarcación Hidrográfica (PDF-336,75KB)
ANEJO Nº 5 - Listado de autoridades competentes (PDF-194,79KB)
ENLACES A FASES PREVIAS DE LA EVALUCIÓN DE RIESGOS DE INUNDACIÓN:
FASE I: EVALUACIÓN PRELIMINAR DEL RIESGO DE INUNDACIÓN
FASE II: MAPAS DE PELIGROSIDAD Y RIESGO DE INUNDACIÓN Y DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO DE LAS ZONAS INUNDABLES
PLAN HIDROLÓGICO DE LA PARTE ESPAÑOLA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL MIÑO-SIL
DUDAS, COMENTARIOS Y SUGERENCIAS.
Con el objetivo de facilitar el contacto con la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil de los interesados en el proceso de evaluación y gestión de los riesgos de inundación, regulada por la Directiva 2007/60/CE y el Real Decreto 903/2010, se habilitan las direcciones electrónicas siguientes:
mapas_zonas_inundables@chminosil.es
contacto@chminosil.es