El artículo 8 de la Directiva 2000/60/CE, conocida como Directiva Marco de Agua (DMA), obliga a los Estados Miembros a establecer programas de seguimiento del estado de las masas de agua. Para dicho fin se han creado redes de control que pretenden dar cumplimiento a la DMA, al resto de directivas europeas y a sus correspondientes trasposiciones en materia de calidad de las aguas, así como garantizar los objetivos de calidad de las aguas establecidos en el Plan Hidrológico de cuenca.
Inicialmente, la antigua Confederación Hidrográfica del Norte, para el ámbito territorial de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, tenía establecidos controles analíticos de la Red Integral de Control de Calidad de las Aguas estructurados en redes específicas de control (COAS, COCA, PELIGROSAS, ICTIOFAUNA, PLAGUICIDAS, NITRATOS…). Desde la entrada en vigor de la Directiva Marco del Agua (DMA), los organismos gestores de las cuencas hidrográficas adquieren la obligación de establecer programas de seguimiento del estado de las aguas con objeto de obtener una visión general coherente y completa del estado de las aguas en cada demarcación.
Con la aprobación del Real Decreto 266/2008, de 22 de febrero, la Confederación Hidrográfica del Norte (CHN) se ha dividido en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil (CHMS) y la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (CHC), por lo que se hizo necesario definir una nueva red analítica que contemplase la nueva situación. En consecuencia, la CHMS ha efectuado una actualización de las redes de control preexistentes para incorporar los conceptos, requerimientos y obligaciones de la DMA, así como posibilitar el cumplimiento de los distintos convenios internacionales y restantes directivas europeas vigentes relativas al ámbito de la política de aguas.
En consecuencia con lo anterior, se ha creado la Red de Control del Estado de las Masas de Agua (Red CEMA) en el ámbito territorial de la CHMS. El mencionado control efectuado sobre las masas de aguas permite establecer una relación entre el estado de las aguas y las necesidades de gestión de las mismas. Al mismo tiempo, informan sobre el grado de cumplimiento de los objetivos medioambientales planteados a raíz de la DMA, así como el establecimiento y medición de la eficacia de las medidas adoptadas por los gestores. Las redes de control manual de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil consisten en una serie de puntos fijos de control en los que se realizan tomas de muestra para analizar en el laboratorio.
El número total de puntos de control de aguas superficiales se indica en el Plan de Explotación de Aguas Superficiales (PDF-278KB)
Los puntos de control de aguas subterráneas se indican en el Plan de Explotación de Aguas Subterráneas (PDF-58KB).
En este apartado podrá consultar datos de interés agrupados según las siguientes apartados:
PROGRAMA OPERATIVO DE GALICIA (FEDER)
El día 5 de marzo de 2007, España presentó a la Comisión Europea una propuesta de Programa Operativo para la Comunidad Autónoma de Galicia, que reunía las condiciones del objetivo convergencia en virtud del artículo 5, apartado 1, del Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006. Mediante Decisión de la Comisión C(2007)6079, de 30 de noviembre de 2007, la Comisión Europea aprobó el Programa Operativo FEDER/DOCUP de Galicia 2007-2013, con un importe máximo de ayuda de 2.191.544.341 euros.
A través de este Programa Operativo se financian mediante ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional actuaciones ejecutadas por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil en la Comunidad Autónoma de Galicia.
PROGRAMA OPERATIVO FONDO DE COHESION-FEDER
El día 1 de marzo de 2007, España presentó a la Comisión Europea el Programa Operativo de Fondo de Cohesión-FEDER 2007-2013 en el marco del objetivo de convergencia, con asistencia del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para las Comunidades Autónomas de Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura y Galicia, que reúnen las condiciones del objetivo de convergencia en virtud del artículo 4, apartado 1 y 2 del Reglamento (CE) nº 1083/2006 y del Fondo de Cohesión en todo el territorio, que reúne las condiciones del objetivo de convergencia en virtud del artículo 8, apartado 3 de dicho Reglamento. Este Programa Operativo fue aprobado por Decisión de la Comisión C(2007)6315 del 7 de diciembre de 2007. El importe máximo de la ayuda del FEDER, concedida queda establecida en 1.356.951.334 euros y el importe máximo de la ayuda del Fondo de Cohesión concedida en el marco del programa Operativo queda establecido en 3.543.213.008 euros.
A través de este Programa Operativo se financian actuaciones ejecutadas por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil en las Comunidades Autónomas de Castilla y León y Galicia.
En este período las ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Cohesión financiaron actuaciones ejecutadas en las Comunidades autónomas de Castilla y León y Galicia