El plan especial de actuación en situaciones de alerta y eventual sequía de la parte española de la demarcación hidrográfica Miño-Sil fue aprobado mediante la Orden TEC/1399/2018, de 28 de noviembre (BOE de 26 de diciembre de 2018), por la que se aprueba la revisión de los planes especiales de sequía correspondientes a las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar; a la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro; y al ámbito de competencias del Estado de la parte española de la demarcación hidrográfica del Cantábrico Oriental.
En los siguientes enlaces se puede consultar la versión definitivamente aprobada mediante la precitada Orden TEC/1399/2018, de 28 de noviembre (BOE de 26 de diciembre de 2018) del PLAN ESPECIAL EN SITUACIONES DE ALERTA Y EVENTUAL SEQUÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL MIÑO-SIL (PES), versión actualmente en vigor.
Asimismo es posible la descarga del informe sobre las observaciones, propuestas y sugerencias recibidas durante el precitado periodo de consulta pública y de los principales cambios llevados a cabo y originados por el mismo, así como todos los escritos recibidos y las respuestas motivadas a los mismos.
De la misma forma se recogen aquí los documentos asociados al proceso de evaluación ambiental estratégica asociado, en cumplimiento del artículo 29 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Esta versión del PES fue sometida a informe preceptivo del Consejo del Agua de la demarcación en la sesión celebrada el 1 de junio de 2018, en observancia del artículo 27.2 de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional y a informe del Consejo Nacional del Agua en el pleno celebrado el 16 de octubre de 2018.
Toda la documentación del PES se puede consultar en los siguientes enlaces :
PLAN ESPECIAL EN SITUACIONES DE ALERTA Y EVENTUAL SEQUÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL MIÑO-SIL (PES).
MEMORIA Y ANEXOS
ANEXO I. RÉGIMEN DE CAUDALES ECOLÓGICOS MÍNIMOS EN SITUACIONES DE SEQUÍA PROLONGADA.
ANEXO II. LISTADO DE UNIDADES DE DEMANDA.
ANEXO III. LISTADO DE UNIDADES DE DEMANDA. MODELOS DE AQUATOOL.
ANEXO IV. ANÁLISIS DE SEQUÍAS HISTÓRICAS. PERÍODO 1940-1983. ÍNDICE INP
ANEXO V. ANÁLISIS DE SEQUÍAS HISTÓRICAS. PERÍODO 1940-1991. ÍNDICE SPI 12.
ANEXO VI. ANÁLISIS DE SEQUÍAS HISTÓRICAS. PERÍODO 1991-2007. ÍNDICE SPI 12
ANEXO VII. ANÁLISIS DE SEQUÍAS HISTÓRICAS. PERÍODO 2007-2017.ÍNDICE SPI 12
ANEXO VIII. FICHAS EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS SOCIOECONÓMICOS
ANEXO IX. PARTICIPACIÓN PÚBLICA
ANEXO X. INFORME SOBRE LAS PROPUESTAS, OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS
PROPUESTAS, OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS PRESENTADAS
Propuestas, observaciones y sugerencias recibidas y respuestas enviadas.
EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA
DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO
PUBLICACIÓN BOE INFORME AMBIENTAL
OTROS DOCUMENTOS
INFORME DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
De acuerdo con la Resolución de la Dirección General del Agua, de 15 de octubre de 2018 (BOE de 19 de octubre) se inicia el período de consulta e información pública, durante seis meses —a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE—, de los documentos iniciales del proceso de planificación hidrológica 2021-2027 de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil , documentos "Programa, Calendario, Estudio General sobre la Demarcación y Fórmulas de Consulta".
Durante el mencionado período se podrán realizar las propuestas, observaciones y sugerencias que se estimen convenientes dirigidas a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.
Los mencionados documentos iniciales "Programa, Calendario, Estudio General sobre la Demarcación y Fórmulas de Consulta", así como el proyecto de participación pública, se pueden consultar y descargar en los siguientes enlaces:
De acuerdo con la Resolución de la Dirección General del Agua, de 15 de octubre de 2018 (BOE de 19 de octubre) se inicia el período de consulta e información pública, durante seis meses —a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE—, de los documentos iniciales del proceso de planificación hidrológica 2021-2027 de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil , documentos "Programa, Calendario, Estudio General sobre la Demarcación y Fórmulas de Consulta".
Durante el mencionado período se podrán realizar las propuestas, observaciones y sugerencias que se estimen convenientes dirigidas a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.
Los mencionados documentos iniciales "Programa, Calendario, Estudio General sobre la Demarcación y Fórmulas de Consulta", así como el proyecto de participación pública, se pueden consultar y descargar en los siguientes enlaces:
Hemos adaptado nuestra política de tratamiento de datos de carácter personal a la normativa europea.
Reglamento europeo de protección de datos de carácter personal. Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos, RGPD)
Responsable del tratamiento
El responsable del tratamiento de los datos de carácter personal es la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A.
Delegado de protección de datos
Para cumplir con nuestras obligaciones, se ha designado como Delegado de Protección de Datos al Jefe de Área de Secretaría General, a quien puede dirigirse a través de las siguientes vías:
Email: dpd@chminosil.es
Correo postal: Calle Curros Enríquez, nº 4, 2º. 32003, Ourense,
Derechos de las personas interesadas
El RGPD reconoce a las personas interesadas los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión (“derecho al olvido”), limitación del tratamiento, portabilidad y no ser objeto de decisiones individualizadas.
La regulación de estos derechos se encuentra en los artículos 15 y siguientes del Reglamento General de Protección de Datos.
El ejercicio de estos derechos es gratuito, y debe formularse mediante petición por escrito dirigida al Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil que puede ser presentada:
La CHMS, como responsable del tratamiento, debe facilitarle información relativa a su solicitud en el plazo de 1 mes a partir de la recepción de la misma. Este plazo podrá prorrogarse otros 2 meses en caso necesario, teniendo en cuenta la especial complejidad y el número de solicitudes.
En el supuesto en el que no se le conceda el ejercicio del derecho, deberá ser informado en el mismo plazo de un mes de los motivos de la negativa.
Registro de actividades de tratamiento
Las actividades de tratamiento de datos personales que realiza la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. son las siguientes (para obtener información detallada, pinche sobre la actividad que desee):
Código Actividad de tratamiento
01SG Gestión de recursos humanos (registro de personal, nómina, control de presencia)
02SG Plan de pensiones
03SG Mantenimiento del registro de agentes medioambientales
04SG Seguro de accidentes del personal
05CA Tramitación de expedientes de vertidos
06CA Tramitación de expedientes de concesiones y autorizaciones
07SG Atención ciudadana (sugerencias, reclamaciones, solicitudes de información, solicitudes de acceso a archivos)
08SG Ayudas sociales al personal de la CHMS
09SG Gestión de pagos y cobros
10SG Procedimientos de responsabilidad patrimonial
11SG Recursos humanos (provisión de puestos)
12CA Registro de aguas
13CA Procedimientos sancionadores
14DT Expropiaciones
15SG Prevención de riesgos laborales
16SG Registro de entrada y salida de documentos
17SG Tramitación de expedientes de contratación
18CA Comunidades de usuarios
19SG Gestión recaudatoria
20SG Órganos colegiados
21SG TIC (gestión de usuarios y permisos)
22OPH/DT/CA Trámites de información pública
23DT Elencos de regadíos
24P Relaciones institucionales
25SG Recursos administrativos
26SG Publicidad de composición y acuerdos de las mesas de contratación
27SG Prevención de riesgos laborales – Medidas especiales COVID-19
28SG Subvenciones
29DT29 Videovigilancia
30SG30 Gestión del sistema interno de información de infracciones
31P Organización de actividades de educación ambiental
Autoridad de control
La autoridad de control sobre protección de datos en España es la Agencia Española de Protección de Datos, a la que puede dirigirse a través de su portal.
Antes de interponer una reclamación sobre derechos ante la AEPD, es necesario dirigirse a la CHMS.
Si no recibe respuesta en el plazo o si considera que la respuesta no ha sido adecuada, podrá interponer una reclamación en la AEPD.
Otros documentos de interés
18 Septiembre 2018
De acuerdo con el apartado 1 del artículo 21 del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, la Evaluación Preliminar de Riesgo de Inundaciones (EPRI) se actualizará a más tardar el 22 de diciembre de 2018, y a continuación cada seis años.
A tales efectos, se expone en esta página WEB y en las oficinas de la Comisaría de Aguas (Comisaría Adjunta – Calle Progreso, nº 6 – 32003 – Ourense) en horario de atención al público, la documentación de la "Revisión y Actualización de la EPRI-2º Ciclo" de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil.
Se podrá consultar por una plazo de 3 meses, tras su publicación en el BOE y, dentro de ese plazo, los interesados podrán formular las observaciones y sugerencias que consideren oportunas ante la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. (Dirección: Rúa do Progreso, 6. C.P: 32.005. Ourense), o por cualquier otro medio previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, teniendo en cuenta respecto a la forma de presentación las obligaciones derivadas del artículo 14 de dicha norma.
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DUDAS Y COMENTARIOS
Con el objetivo de enriquecer y mejorar esta documentación que pretenden reducir las consecuencias negativas de las inundaciones sobre la población, las actividades económicas, el medio ambiente y el patrimonio cultural en base a lo dispuesto en la Directiva 2007/60/CE y el Real Decreto 903/2010, se habilita la siguiente dirección electrónica: