
La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil (CHMS), Organismo autónomo dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha recibido de la empresa redactora el estudio de alternativas para la mejora de la garantía del abastecimiento en la zona sur de la provincia de Pontevedra y lo ha remitido hoy al Ayuntamiento de Vigo y a la Xunta de Galicia.
El objetivo del estudio es mejorar la regulación y el almacenamiento de agua para garantizar el abastecimiento a Vigo y zona sur de Pontevedra, municipios de Vigo, Redondela, Soutomaior, Porriño, Mos, Salceda, Moaña, Cangas, Baiona, Nigrán, Gondomar, Tui, Ponte Caldelas, Pazos de Borbén y Fornelos de Montes.
Para ello, se han analizado las poblaciones, demandas, previsiones de crecimiento y disponibilidad de recursos, actuales y potenciales, en el área de estudio, definiendo todas las alternativas de mejora identificadas en la zona y analizado comparativamente hasta conseguir la solución óptima.
Del análisis realizado, que incluye varias alternativas de presas en los ríos Oitavén y Verdugo, la construcción de una desaladora en la ría de Vigo y el bombeo de aguas desde el río Miño a la presa de Eiras o la de Zamáns, se ha concluido que la mejor opción sería la ejecución de un conjunto de varias actuaciones complementarias: una captación de agua en la confluencia de los ríos Oitavén y Verdugo, una pequeña presa aguas arriba del embalse de Eiras, en el cauce del Oitavén, una impulsión de agua desde el Miño al embalse de Zamáns y una conducción por gravedad para conectar las redes de Nigrán y Gondomar.
El conjunto de actuaciones propuestas permitirá alcanzar, una vez ejecutadas todas, la garantía buscada para el sistema de abastecimiento a Vigo y la zona sur de Pontevedra.
Además de este estudio de alternativas, se han redactado dos documentos adicionales, uno descriptivo de la solución seleccionada y otro de solicitud de inicio de la tramitación ambiental del estudio. Estos documentos son necesarios para solicitar al Órgano Ambiental, en la definición dada por la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la redacción del documento de alcance del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto, que debe definir el contenido del mismo.