Red CEMA (2)

CieloEl artículo 8 de la Directiva 2000/60/CE, conocida como Directiva Marco de Agua (DMA), obliga a los Estados Miembros a establecer programas de seguimiento del estado de las masas de agua. Para dicho fin se han creado redes de control que pretenden dar cumplimiento a la DMA, al resto de directivas europeas y a sus correspondientes trasposiciones en materia de calidad de las aguas, así como garantizar los objetivos de calidad de las aguas establecidos en el Plan Hidrológico de cuenca.

Inicialmente, la antigua Confederación Hidrográfica del Norte, para el ámbito territorial de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, tenía establecidos controles analíticos de la Red Integral de Control de Calidad de las Aguas estructurados en redes específicas de control (COAS, COCA, PELIGROSAS, ICTIOFAUNA, PLAGUICIDAS, NITRATOS…). Desde la entrada en vigor de la Directiva Marco del Agua (DMA), los organismos gestores de las cuencas hidrográficas adquieren la obligación de establecer programas de seguimiento del estado de las aguas con objeto de obtener una visión general coherente y completa del estado de las aguas en cada demarcación.

Con la aprobación del Real Decreto 266/2008, de 22 de febrero, la Confederación Hidrográfica del Norte (CHN) se ha dividido en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil (CHMS) y la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (CHC), por lo que se hizo necesario definir una nueva red analítica que contemplase la nueva situación. En consecuencia, la CHMS ha efectuado una actualización de las redes de control preexistentes para incorporar los conceptos, requerimientos y obligaciones de la DMA, así como posibilitar el cumplimiento de los distintos convenios internacionales y restantes directivas europeas vigentes relativas al ámbito de la política de aguas.

En consecuencia con lo anterior, se ha creado la Red de Control del Estado de las Masas de Agua (Red CEMA) en el ámbito territorial de la CHMS. El mencionado control efectuado sobre las masas de aguas permite establecer una relación entre el estado de las aguas y las necesidades de gestión de las mismas. Al mismo tiempo, informan sobre el grado de cumplimiento de los objetivos medioambientales planteados a raíz de la DMA, así como el establecimiento y medición de la eficacia de las medidas adoptadas por los gestores. Las redes de control manual de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil consisten en una serie de puntos fijos de control en los que se realizan tomas de muestra para analizar en el laboratorio.

El número total de puntos de control de aguas superficiales se indica en el Plan de Explotación de Aguas Superficiales (PDF-278KB)

Los puntos de control de aguas subterráneas se indican en el Plan de Explotación de Aguas Subterráneas (PDF-58KB).

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