Canal Interno Información
A fin de reforzar el compromiso colectivo con el buen funcionamiento de las instituciones y, al mismo tiempo, proteger a los ciudadanos que informen sobre vulneraciones del ordenamiento jurídico en el marco de una relación profesional, se ha aprobado la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que incorpora al Derecho español la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019.
El Canal Interno de Información es el cauce preferente para informar sobre acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea, o que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave del ordenamiento jurídico español, que se hayan producido o puedan producirse en el ámbito de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.
Se excluyen del ámbito de aplicación material de esta norma todos aquellos supuestos de infracción que se rijan por su normativa específica, como por ejemplo las denuncias relativas a posibles infracciones de la Ley de Aguas. Sobre este tipo de denuncias puede obtener información en el siguiente apartado:
Denuncias y Sanciones - Confederacion Hidrográfica del Miño-Sil (chminosil.es)
1.- ¿Quién puede presentar información por este canal?
- Los empleados públicos de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.
- Personas que hayan obtenido información relevante en el marco de una relación laboral o estatutaria con la CHMS aunque ya esté finalizada; voluntarios, becarios o trabajadores en período de formación; cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas/subcontratistas o proveedores de la CHMS.
2.- ¿Sobre qué acciones u omisiones se puede trasladar información a través de este canal?
- Aquéllas que puedan ser constitutivas de infracciones del Derecho de la Unión Europea, afecten a sus intereses financieros o incidan negativamente sobre el mercado interior.
- Aquéllas que puedan ser constitutivas de infracciones penales o administrativas graves o muy graves en el ordenamiento jurídico español, incluyendo como tales las que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública o para la Seguridad Social.
3.- ¿Cómo puedo presentar esta información?
- A través del propio Canal Interno de Información de la CHMS:
- Quiero presentar una denuncia
- Quiero hacer el seguimiento de una denuncia
- Mediante correo electrónico dirigido a canal.interno.informacion@chminosil.es
- A través de correo postal dirigido a “Responsable del Sistema Interno de Información”. C/ Curros Enríquez, Nº 4, 2º. CP 32003 – Ourense.
- Presencialmente en nuestras dependencias administrativas, solicitando una reunión presencial a través de cualquiera de los medios precitados. Esta reunión tendrá lugar dentro del plazo máximo de siete días.
4.- ¿Qué contenido debe tener la comunicación/información remitida?
Para facilitar la investigación, así como la identificación de las personas presuntamente responsables, es conveniente que la denuncia o comunicación aporte la máxima información de la que disponga la persona informante o indique la fuente en la que pueda obtenerse.
En particular, el contenido de la denuncia debería incluir:
- Una narración clara y cronológica de los hechos y circunstancias que motivan la denuncia.
- La identificación de la persona o personas presuntamente responsables de los hechos denunciados o que hayan presuntamente participado o colaborado de alguna manera en su comisión.
- Cualquier otra información que se considere que pueda ser útil para el conocimiento de los hechos denunciados y los posibles responsables.
5.- ¿Quién es el responsable del Sistema Interno de Información?
El responsable del Sistema Interno de Información en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil es el jefe de Área de la Secretaría General.
6.- ¿Cómo se desarrolla la tramitación?
Las comunicaciones o denuncias presentadas ante la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil se tramitarán, con apertura del correspondiente expediente, en el que se determine la competencia del organismo y, en caso de estimarse competente, se investiguen los hechos.
La presentación de una denuncia o comunicación no implica en todo caso el inicio de actuaciones de investigación; podrá ser inadmitida por falta de competencia de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil; archivada; remitida al Ministerio Fiscal, en el caso de que los hechos denunciados sean presuntamente delictivos; o, por ende, determinar la apertura de actuaciones de investigación por parte del Organismo.
En el apartado DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS puede acceder a la regulación detallada del procedimiento.
7.- Protección de datos personales y deber de confidencialidad
Las actuaciones de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil se llevarán a cabo de modo confidencial, al amparo de lo establecido en el título VI de la Ley 2/2023, garantizando en todo caso la confidencialidad de la identidad del informante.
El sistema de información interna está diseñado, establecido y gestionado de una forma segura, y permite la presentación de comunicaciones anónimas. Además, no sólo se garantiza la confidencialidad de la identidad del informante, sino de cualquier tercero mencionado en la comunicación, así como la protección de datos de carácter personal, impidiendo el acceso de personal no autorizado.
Puede consultar la información completa sobre protección de datos en nuestra página web.
8.- DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS