Órgano de Cooperación
Comité de Autoridades Competentes
El artículo 36 bis del texto refundido de la Ley de Aguas dispone la existencia, en el caso de las Demarcaciones Hidrográficas con cuencas intercomunitarias, de un órgano de cooperación denominado Comité de Autoridades Competentes. El Real Decreto 126/2007, de 2 de febrero regula su composición, funcionamiento y atribuciones.
- Funciones:
- Favorecer la cooperación en el ejercicio de las competencias relacionadas con la protección de las aguas que ostenten las distintas Administraciones Públicas en el seno de la respectiva demarcación hidrográfica.
- Impulsar la adopción por las Administraciones Públicas competentes en cada demarcación de las medidas que exija el cumplimiento de las normas de protección del Texto Refundido de la Ley de Aguas.
- Proporcionar a la Unión Europea, a través de los Órganos competentes de la Administración General del Estado, conforme a la normativa vigente, la información relativa a la demarcación hidrográfica que se requiera.
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Composición:
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El Comité de Autoridades Competentes de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil está constituido por el Presidente, un Secretario y los vocales que se determinan en el artículo 4 del Real Decreto 126/2007, de 2 de febrero.
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Será Presidente del Comité de Autoridades Competentes el del Organismo de cuenca, y actuará como Secretario, con voz pero sin voto, el Secretario General del Organismo.
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- Actas:
- Reunión constitutiva
- 22 de junio de 2011
- 23 de septiembre de 2011
- 19 de diciembre de 2013
- 26 de septiembre de 2014
- 2 de septiembre de 2015
- 5 de abril de 2017
- 1 de junio de 2018
- 25 de junio de 2020
- 4 de noviembre de 2021
- 7 de abril de 2022
- 22 de noviembre de 2022
- 28 de febrero de 2024
- 14 de enero de 2025