La Planificación Hidrológica se concibe como el instrumento fundamental para la gestión de los recursos hídricos. Esta planificación ha de establecer un vínculo entre la situación actual, muchas veces indeseable, y un futuro ordenado y lógico donde haya un aprovechamiento racional de estos recursos hídricos logrando alcanzar además las necesidades propias de los ecosistemas fluviales.
Dentro de la Planificación se puede distinguir entre una planificación estratégica a largo plazo y una planificación operativa a corto y medio plazo que permita evaluar situaciones puntuales (que aporten adaptaciones y puntos de vista diferentes) para, a la larga, realizar un proyecto más amplio.
La Planificación Hidrológica requiere un cuidadoso conocimiento dinámico del entorno, que permita conocer, no sólo el etado de las cosas en el momento actual, sino también predecir su situación futura. Para ello se realizan una serie de estudios que van, más allá de las características puramente hidrológicas, y que alcanzan diferentes variables como la calidad de las aguas, el entorno físico, el marco socio-económico, etc.
Las tres principales funciones de las Oficinas de Planificación Hidrológica, de acuerdo con el art. 7 del Real Decreto 984/1989, de 28 de julio, por el que se determina la estructura orgánica dependiente de la Presidencia de las Confederaciones Hidrográficas son las siguientes: